¿Te tienen que dar las dietas por desplazamiento por adelantado?

Si la empresa te destina por un tiempo corto a otra ciudad de España, ¿tiene qué adelantar el dinero de las dietas o lo tengo que poner yo y luego reclamarlo?

¿Si el alojamiento lo pone la empresa, me corresponderían dietas?

2 Respuestas

Respuesta
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Lo que planteas es una cuestión de ponerse de acuerdo las partes, ya que no existe normativa que regule la forma de pago de las dietas.

La dieta, es un dinero que se debe abonar al trabajador por tener que desplazarse por motivos de su trabajo, fuera de la localidad donde reside o le sea imposible acudir con normalidad a su domicilio habitual.

Hay medias dietas y enteras, según se pernocte o no, con lo que en ese dinero se incluye las comidas y hospedaje. También se deben abonar billetes de transporte o peajes. Y por otro lado esta el Kilometraje que se abona siempre que el trabajador aporte su coche para los desplazamientos.

O sea, la empresa debe correr con los gastos que te origine el desplazamiento a esa otra ciudad, nunca cubre las posibles molestias, ya que eso sería abonable, si se diera, como salario. Otra cosa muy distinta es que lo que te paguen de dieta tu te gastes menos pues ese dinero quedaría para ti, ahora si la empresa lo paga ella directamente no tiene el porqué de darte dietas.

Respuesta

Completamente de acuerdo con José Antonio, si es antes o después, es un tema de acuerdo entre empresa, pero normalmente tiende a ser después de hacer los viajes.

Ahora bien, otra cosa es a cuánto te tienen que pagar las dietas y el kilometraje. Os dejo con un post que he encontrado que lo detalla muy bien:

http://www.captio.net/blog/importes-y-limites-fiscales-del-kilometraje-y-dietas

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