Cuanto tiempo tiene una empresa para presentar a un trabajador un despido por escrito.

Me han despedido de una empresa de formal verbal el 22 de mayo de esta año tras darme de alta en la seguridad social con un contrato sin firmar sin acordar ni firmar por mi, el contrato que presentaron era de interinidad pero el despido ha sido tras pasar el periodo de prueba e con engaños, primero por ineptitud en el trabajo e después por no querer firmar el contrato de trabajo de ocho horas según ellos me dicen ahora, a día de hoy no he recibido ninguna carta de despido, que puedo hacer, debo o no firmar algo.

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Una vez pasado el periodo de prueba, si la empresa decide rescindir el contrato de trabajo, tiene que notificarlo por escrito, con 15 días de antelación, explicando la causa del despido y la fecha en la que se va hacer efectivo el despido, si la empresa incumple con alguno de esos requisitos aunque los 15 días de preaviso se pueden sustituir por una indemnización equivalente a 15 días de salario, pero dispones de un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha del despido, para interponer ante el servicio de mediación y arbitraje de tu comunidad, una demanda por despido improcedente. Por lo tanto si no te dan la carta de despido o si te la dan y no estas conforme con la calificación del despido no tienes que firmar nada y si lo firmas lee muy atentamente lo que firmas y al lado de la firma añade no conforme y encima de la firma la fecha del día en el que estampas la firma, porque es a partir de ese día cuando empieza a contar el plazo de 20 días.. De todas formas deberías de consultar con un sindicato para que te asesoren, y por si quieres que te gestionen la demanda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

mi contrato lo registraron el día 30 de abril de este año en la seguridad social e ademas aunque el trabajo era en madrid capital ellos como tienen el domicilio social en barcelona me dicen allí que vaya a firmar los papeles es legal o deben dártelo en persona e ademas la carta de despido por buró fax

Aunque la empresa tenga el domicilio social en el planeta júpiter, tu no tienes por que desplazarte hasta ese lugar porque carta de despido, el pago del la liquidación te lo tienen que entregar en persona en tu centro de trabajo la notificación por buró fax se envía al trabajador cuando esta de baja laboral o cuando este no se presenta a su puesto de trabajo y la única forma de comunicarle el despido es mediante la notificación por correo o por buró fax... Lo único que pretende la empresa es ganar tiempo para que se pase el plazo de los 20 días y no puedas interponer la demanda pro presentarla fuera de plazo.. Por lo tanto no pierdas mas tiempo y sigue el consejo que te e expuesto en la respuesta anterior es decir presenta la demanda contra primero mejor.. No se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta..

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