¿Puedo denunciar por incumplimiento de contrato verbal?

He estado trabajando en la apertura de un restaurante en Toledo bajo unas condiciones habladas con el jefe del sitio en las que se comprometía a hacerme un contrato de 800€/mes con nomina domiciliada. Cual fue mi sorpresa, cuando dos días después de la apertura me comenta las condiciones del contrato a firmar las cuales no se corresponden con lo hablado (645€/mes, el resto en negro hasta 800€ y pago al contado) y me insta a irme si no estoy conforme ("si no te parece bien te largas"). Al no estar de acuerdd con dichas condiciones y tras trabajar varios días durante 14h/día sin descansos y sin comer ni cenar, abandono mi puesto ante tales palabras. Aun no me ha pagado aunque he comprobado que he estado dado de alta en la SS y la baja que figura es Baja voluntaria, que yo no he firmado. Yo no me hubiera marchado si el no me hubiera instado a hacerlo, pero ante su negativa a considerar las condiciones pactadas anteriormente, no me quedaron mas opciones que o firmar un contrato con el que no estaba de acuerdo o irme a mi casa. ¿Son denunciables estos hechos? Agradeciéndoles de antemano el asesoramiento y el trabajo que realizan, me despido a espera de su respuesta, reciban un cordial saludo.

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Siempre ante una situación como la que expones en tu consulta y antes de abandonar el puesto de trabajo, lo primero que hay que hacer es denunciar la situación ante la inspección de trabajo y seguridad social ara que sea un inspector de trabajo quien verifique la existencia del vinculo laboral del trabajador con la empresa y el incumplimiento contractual por parte del empresario de esa forma tendría un acta de los inspectores de trabajo que te serviría de mucho en la demanda contra la empresa, pero lo que no deberías de haber echo es abandonar el puesto de trabajo antes de haber resuelto el contencioso laboral con la empresa porque si es el trabajador quien decide causar baja en la empresa antes de que se haya resuelto dicho contencioso el abandono del puesto de trabajo seria considerado como un cese voluntario y se perdería tanto el derecho a la indemnización como el acceso al desempleo, de todas formas aun estas a tiempo de interponer una demanda ante el SMAC por reclamación de cantidad, y si no han transcurrido 20 días hábiles desde la fecha del cese o abandono del puesto de trabajo y no as firmado nada yo que tu también la demandaría por despido improcedente aduciendo que quien te despidió fue la empresa por no aceptar las condiciones impuestas por el empresario condiciones distintas a las ac todas en el contrato de trabajo y como es su palabra contra la tuya no pierdes nada por denunciar a la empresa por impago y por despido improcedente, ara lo que deberías de consultar a un sindicato o a un abogado laboralista particular de oficio y si no quieres ningún típo de mediación, puedes interponer tu mismo la demanda ante el SMAC y allí mismo te informaran de todo el proceso que conlleva la demanda, así que no te eches para atrás y presenta ambas demandas total no tienes nada que perder y si mucho que ganar ademas hay que terminar con ese tipo de actitudes de ciertos mal llamados empresario que piensan que aun estamos en la época de la esclavitud donde al esclavo se le consideraba como un mero instrumento de trabajo al que solamente había que mantener en las mínimas condiciones vitales que le permitieran seguiría trabajando para su amo sin descanso alguno.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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