¿Se puede capitalizar el paro si te haces autónomo y dejas voluntariamente tu trabajo?

Me gustaría saber si es posible capitalizar el paro, sin que haya un despido de por medio,

Es decir:

Yo actualmente trabajo para la empresa xxx, y me quiero hacer autónomo. Causo baja voluntaria en la empresa xxx, y solicito la capitalización del paro que tengo acumulado, como ayuda para pagar la cuota de autónomos.

¿Seria posible? O es estrictamente necesario, que la empresa xxx me despida para poder optar a la capitalización.

En el caso de que no pudiese hacerlo, que pasa con ese paro acumulado, ¿se pierde? Supongamos que dentro de cuatro años vuelvo a trabajar como trabajador asalariado, y al mes me despiden, ¿tendría derecho a paro?

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Para que te concedan la capitalización de la prestación por desempleo tienes que estar en situación legal de de desempleo es decir que la extinción del contrato de trabajo se produzca a instancias del empresario, por finalización del contrato de trabajo o por un despido involuntario, porque en el SEPE/INEM se considera que la prestación por desempleo es para los trabajadores que queriendo y pudiendo trabajar no pueden hacerlo porque no encuentran empleo y el que han perderos fue a instancias del empresario y contra de su voluntad, pero aunque seas tu quien cese voluntariamente en la empresa, la prestación que tengas acumulada no la pierdes si no que Para tener derecho a una prestación por desempleo en este caso, deberán transcurrir tres meses entre el cese voluntario en la empresa anterior y el cese por no superar el periodo de prueba o por haber sido despedido a instancias del empresario, y mientras no transcurran mas de 6 años sin solicitar la prestación por desempleo esta se conserva intacta pero si transcurren mas de 6 años sin solicitarla la pierdes para siempre y para generar un nuevo derecho a percibir una nueva prestación tendrías que trabajar durante 360 días dentro de los 6 años siguientes.. Espero haber resuelto tus dudas. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

[url=http://gestionpyme.com/requisitos-para-capitalizar-el-paro/]http://gestionpyme.com/requisitos-para-capitalizar-el-paro/
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Muchas gracias Josbian, ahora lo tengo mucho más claro, te planteo un ultimo supuesto:

Estoy trabajando durante 5 años como autónomo, por la circunstancia que sea, me doy de baja en autónomos y espero 3 meses, sin desarrollar ninguna actividad, Transcurridos estos 3 meses, ¿tendría derecho al paro que había acumulado anteriormente al darme de alto como autónomo? ¿ ese paro se calcularía con el sueldo base de mi trabajo como asalariado, verdad?.

Gracias!

La prestación por desempleo acumulada no la recuperas a los 3 meses de haberte dado de baja como autónomo, simplemente esperando a que pasen los 3 meses, si no que tienen que pasar 3 meses desde el cese voluntario en el trabajo por cuenta ajena y el cese en el trabajo por cuenta propia o autónomo y haber finalizado un contrato de trabajo o haber sido despedido, porque si no trabajas y finalizas un contrato o te despiden, no estas en situación legal de desempleo por lo tanto tampoco puedes acceder a la prestación por desempleo acumulada.. Para recuperar el paro acumulado tienes que estar en situación legal de desempleo y a esa situación SOLO se llega mediante la finalización de un contrato de trabajo o de un despido, aunque le contrato de trabajo sea de un solo mes.. Un saludo.. no se te olvide finalizar la pregunta.

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