Tras una baja maternal,¿Puedo elegir horario sin pedir la reducción de éste, que son 3 horas?

Llevo 10 años trabajando en la misma empresa, los 8 últimos trabajando en horario de mañana, y ahora tras regresar de una baja por maternidad me han cambiado el horario a turnos rotativos (que se dividen en 3 turnos, uno es de 10:00 a 14:00, otro es de 14:00 a 18:00, y el otro de 18:00 a 22:00), antes yo siempre hacia el de 10:00 a 14:00 y ahora casi siempre estoy haciendo los de tarde, me he quejado a mi empresa y me dicen que tengo que llegar a un acuerdo con mis otras 2 compañeras de trabajo, pero no llegamos a tal, de las 4 horas que trabajo solo estoy asegurada 3, así que no me planteo reducir el horario por maternidad, mi pregunta es: ¿Puedo elegir el horario de mañana (10:00 a 14:00) que es el que mejor me conviene para mi nueva situación familiar, y teniendo en cuenta que llevo muchos años con dicho horario, o tengo que adaptarme al nuevo horario de rotación? De ser así, ¿Puedo hacer algo legalmente teniendo en cuenta que mi bebé tiene 6 meses y aun es lactante natural?

Espero recibir alguna respuesta, porque no se si puedo hacer algo, ya que lo he intentado todo con el diálogo sin conseguir nada.

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Te contesto:

Una reciente sentencia del TC admite que la trabajadora tenga derecho al cambio de horario o turno por razón de guarda legal de hijo menor de 8 años en los casos en los que no haya reducción de su jornada.

La sentencia no dice que directamente el trabajador tiene derecho a elegir la jornada sino que los Tribunales deberán valorar, cuando el trabajador impugne ante la negativa del empresario, lo siguiente:

•Las circunstancias personales y familiares del trabajador: número de hijos, edad, situación escolar, situación laboral de la pareja…
•Si la organización del trabajo en la empresa permite el cambio de horario o turno, sin que ello implique dificultades organizativas para la empresa lo suficientemente importantes debe concederlo. La empresa debe probar por tanto que el cambio de horario o turno le supone un grave perjuicio.

Pero he estado leyendo una sentencia posterior de Madrid que no sigue el criterio marcado por el Tribunal constitucional y desestima el recurso de una trabajadora que pedía lo mismo que tú.

Veo difícil mejor turno sin reducción de jornada. Podrías poner demanda en el juzgado y ver que decide el juez porque no hay unanimidad al respecto.

Si quieres la sentencia para leerla mandame correo a la web.

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Muchas gracias por contestar, realmente no pueden alegar que el cambio de turno sea grave perjuicio para la empresa, ya que entre otras cosas es el que siempre he tenido, pero hay algo más..desde que me he incorporado no me dejan sola en mi turno, es decir, antes de mi baja siempre he estado sola en mi turno al igual que mis compañeras en el suyo, ahora siempre está mi jefa conmigo, y he preguntado varias veces la razón de este cambio pero no me explican nada, solo me dicen que va a seguir siendo así (viniendo a mis turnos conmigo), y además los turnos me los dicen prácticamente de un día para el otro porque si mi jefa tiene cosas que hacer pues me lo cambia a lo que a ella le venga bien, ¿puedo hacer algo respecto a ésto?

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