Jornada laboral completa o parcial en contrato

Mire el caso es que voy a firmar un contrato de duración determinada de empleada del hogar ahora que va a entrar a formar parte del régimen laboral, yo hago 32 h a la semana, y en el contrato pone jornada total o parcial, y quien me contrata me ha dicho que es parcial porque no llega a las 40h, y dice que eso no influye para la cotización que eso va en función de los tramos que han impuesto que pague el empleador, y yo no lo veo claro, así que quiero enterarme antes para ver si es total o parcial lo queue yo quiero poner(yo quiero que un día trabajado me cuente como un día). Yo lo que quiero saber es si con jornada parcial un día trabajado me cuenta como un día trabajado o como medio. Quiero decir que si cuando me manden mi carta de vida laboral un mes me habrá contado como un mes o solo como medio.

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Efectivamente, cualquier trabajo que no llegue a las 40 horas semanales es un contrato a tiempo parcial, pero no pasa nada, no es que te vaya a contar medio día, te cuenta como un día, además 32 horas semanales no seria el 50% de la jornada, sino que 32 horas semanales es un 80% de la jornada.

A efectos legales todo cuenta como un día de trabajo, incluso tu tendrás 30 días de vacaciones y no 15 ni 20 por tener contrato a jornada parcial.

La única diferencia es que en lugar de cotizar 100 euros pues cotizas 80 euros (por ponerte un ejemplo) pero el mes te contará entero el desempleo te contara entero, si te pones enferma te contara como entero, etc.

En fin, espero haberte ayudado porque en régimen de empleada de hogar no lo conozco pero si el régimen general que es en el que ahora estaréis.

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http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/159869.pdf

Buenas tardes,

En el enlace de más arriba está toda la información sobre el encuadramiento de las Empleadas de Hogar al Régimen General.

Indicarle que si usted realiza 32 horas semanales es correcto que le realicen un contrato a tiempo parcial por esas 32 horas semanales. A efectos de cotización, usted cotiza por un importe mensual, por lo que en caso de enfermedad común o accidente, se calcularía en función a esa base de cotización. Pero no le puede computar como día entero, ya que no realiza las 8 horas diarias. Esto tampoco sería así a jornada completa.

Recordarle que de momento no se tiene derecho a la prestación por desempleo.

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Si trabajas 32 horas te cotizarán por esas hora con independencia de que sea a tiempo completo o parcial(que es este caso).

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