¿Es posible una jubilación a los 61 años tras más de 30 años trabajados?

Tengo 58 años me despidieron de LLADRO a los 50. Tengo cotizados en la empresa 32, más 2 de paro y actualmente estoy cobrando la ayuda para mayores de 52 años ¿me podré prejubilar a los 61 años? Para pagarte que cogen los 15 últimos años trabajados. Me gustaría saber si me podré prejubilar y que cobraré aproximadamente

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Como los trabajadores que hayan sido despedidos como consecuencia de un ERE por causas económicas o por circunstancias ajenas a su voluntad es decir por causas de la crisis económica se pueden jubilar anticipadamente a los 61 años siempre que tengan cotizados no menos 30 años, como tu cuando agotes la prestación por desempleo tienes mas de los 30 años cotizados que son los años que se necesitan para jubilarse anticipadamente cuando cumplas los 61 años puedes solicitar la jubilación, pero también puedes esperar a jubilarte a los 65 años para que no te apliquen el coeficiente reductor por adelantare la edad de la jubilación respecto de la edad ordinaria no olvides que mientras estés cobrando el subsidio para mayores de 52 años lo que estas cobrando es una prejubilación que te abona el INSS a los 61 años si reúnes todos los requisitos si lo solicitas pasas de la prejubilación a la jubilación en cuanto a la cuantía de la pensión dependerá de lo que hayas cotizado en los 180 meses anteriores a la solicitud de la pensión, aunque a partir del 1/1/2013) hay que añadir 12 meses mas de cotización porque el periodo de calculo pasa de 15 a 16 años hasta el 2022 donde en vez de 15, los años que se van a tomar para obtenés la base reguladora van a ser 25 en vez de los 15 actuales, es decir que si tu te jubilas a los 65 años para calcularte la base reguladora de la pensión se tomaran los 18 años anteriores a la solicitud de la jubilación, aunque según la nueva reforma de las pensiones los trabajadores que sean despedidos al final de su vida laboral podrán aumentar más allá de esos 25 años el período utilizado para calcular su pensión y así evitar que el tiempo pasado en el paro -de menor cotización- perjudique la media y reduzca la cuantía de la pensión pero todos esos detalles ya te lo explican en el SEPE/ INEM.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/17/jubilacion-anticipada-y-coeficientes-reductores-de-la-jubilacion/

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