Me acabo de enterar que mi patrón pago después de un año mi Infonavit, ¿Puedo rescindir mi contrato?

La empresa no pago mis aportaciones que me descontaron de todo el año pasado si no hasta enero de este año, y quiero ver si esto seconsiderara falta de probidad para rescindir mi contrato laboral

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Cualquier incumplimiento considerado como grave por parte del empresario, es causa de derecho para solicitar la rescisión del contrato de trabajo por voluntad del trabajador por justa causa, con una indemnización equivalente a la de un despido improcedente y con derecho percibir la prestación por desempleo si se reúne el periodo de carencia de 360 días o con derecho a reiniciar la prestación que se tenga interrumpida.. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
a) Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.
b) La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
c) Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41 de la presente Ley, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.
2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente. Por lo tanto si el empresario a incumplido con alguna de las obligaciones consideradas como graves tienes todo el derecho a solicitar la rescisión voluntaria del contrato de trabajo por justa causa. Si no te convence la respuesta y te queda alguna duda puedes seguir preguntando pero no dejes de finalizar la pregunta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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