¿Se puede despedir por causas objetivas (económicas) y contratar a media jornada a 2 personas?

Somo una empresa pequeña formada por tres socios y dos empleados, mas personal variable según la necesidad de cursos que tengamos.

Hace unos días tuvimos una reunión en mi empresa y nos propusieron dos opciones:

A. Reducción de jornada.

B. Despedirnos a las dos personas que estamos en la oficina porque según ellos no había dinero y le salía más rentable que pagar dos sueldos, seguros sociales, etc...y las tareas administrativas la harían los tres socios que forman la empresa.

Decidimos la opción B con todo lo que conlleva, ya que una reducción de jornada nos perjudica de cara a poder cobrar el paro posteriormente. Nos dijeron que nos pagaría el 40 % el FOGASA y salarios pendientes, en este caso sería el mes de Octubre y en mi caso también 14 días de Noviembre, porque inmediatamente nos mandaron de vacaciones, primero se ha ido mi compañera y el día 1 de Noviembre yo.El resto de Indemnización a 20 días, nos lo pagaría la empresa. Yo estoy 6 años y mi compañera 5.

La sorpresa viene cuando están buscando a dos personas para supongo ponerlas a media jornada.

Mis preguntas son varias:

1. ¿ Es cierto que nos puede pagar el FOGASA ese 40 % de Indemnización o le corresponde a la empresa tras la reforma laboral?

2. Si se supone que la empresa tiene tantas pérdidas, si contratas a dos personas, ¿El despido sigue siendo DESPIDO PROCEDENTES POR CAUSAS ECONÓMICAS y la indemnización seguiría siendo a 20 días?

3. ¿ Nos pueden mandar de vacaciones sin avisarnos con 15 días de antelación? En mi caso, si estoy en el plazo, pero no me lo han comunicado por escrito, pero mi compañera salio al día siguiente de la reunión que tuvimos, todo por no pagar las vacaciones.

Soy un mar de dudas.

Un saludo.

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