Finalizo excedencia voluntaria, he pedido la reincorporación y no me la quieren dar

Buenos días. Tenía una excedencia voluntaria que se me cumplía el 12 de Junio de 2012. El 18 de Mayo pedí la reincorporación (por escrito y con sello de entrada de la empresa) y hoy, a 20 de Junio aún no me han contestado. Me ha comentado un compañero que no me quieren readmitir. Que pasos he de dar a hora? Que hago si no me contestan? Tengo que reclamar otra vez?...Tengo miedo de que se me pase algún plazo de reclamación

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La empresa tiene la obligación de responder por escrito, a la solicitud de reingreso si hay o no hay bacantes de tu misma categoría o de una categoría similar, o si esta o no esta dispuesta a readmitirte pero lo que no puede hacer la empresa es dar la callada por respuesta para que te caduquen los 20 días de plazo que tienes para interponer una demanda contra la empresa por despido improcedente y pierdas el derecho a la indemnización y al paro, así que deberías de consultar mañana mismo a aun abogado laboralista o algún sindicato para te digan si tienes que demandar a la empresa por despido improcedente o para interponer una demanda declarativa de reconocimiento de existencia de vacante. Además de la demanda declarativa de reincorporación, el excedente voluntario que es reincorporado de forma tardía tiene derecho a una indemnización de daños y perjuicios, que consiste normalmente en percibir el salario que cobraba, desde que solicita el reingreso hasta que la efectiva reincorporación, tienes que tener en cuenta que si una vez finalizado el periodo de excedencia la empresa no responde a la solicitud de reingreso tienes que demandar a la empresa antes de que transcurran 20 días porque si pasan mas de 20 días pierdes el derecho a reclamar, el texto de mas abajo es el de una sentencia contra una empresa por un caso muy parecido al tuyo, así que ya sabes que no tienes que esperar ni un solo día mas para demandar a la empresa.

El Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, por Sentencia de 19 de diciembre de 2011, desestima el Recurso de Casación interpuesto por la empresa fijando la improcedencia del despido de un trabajador en situación de excedencia voluntaria por negativa, expresa o tácita, empresarial al reingreso, lo que conlleva el abono de salarios de tramitación desde la fecha en que se fije como la del despido y en aplicación de las normas generales sobre nulidad o improcedencia del despido. Durante el periodo durante el que el trabajador permanece en situación de excedencia voluntaria no tiene derecho a salarios pero, cuando la empresa incumple con la obligación de readmisión, la consecuencia es la de que la situación del trabajador excedente no readmitido injustamente desde la fecha en que debería haberse cumplido la obligación de readmitir es análoga a la del trabajador injustamente despedido a partir de la fecha del despido, con obligación indemnizatoria de perjuicios en ambos casos.

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Hola, tu respuesta me parece excelente, pero tengo una duda que no comente o no me exprese bien. Finalizaba el 12 de Junio 2012 y la readmisión la pedí el 18 de mayo de 2012. Por lo que he leído en el convenio pone que si no la presento con un mes de antelación pierdo mis derechos. Sin embargo el estatuto de los trabajadores no lo veo tan claro. Puedo perder mis derechos por presentarla 6 días más tarde del mes de antelación?. Por otro lado en la carta de readmisión pedí reincorporarme el 01 de Julio, pero que si no fuera posible lo haría al final de dicha excedencia, el 12 de Junio

Aunque en el estatuto de los trabajadores no se especifique los días de antelación con los que se debe de solicitar la reincorporación a la empresa hay que atenerse a lo que establezca el convenio colectivo que es un acuerdo suscrito entre los representantes de los trabajadores y los de la empresa, ya que se puede catalogar como derecho de la empresa y, consecuentemente, obligación del trabajador la obligación de éste de preavisar con un mes de antelación a la finalización del período de excedencia su deseo de reincorporarse. En virtud de la STS 18 septiembre 2002, Rec. 316/2002 se establece que el incumplimiento del plazo de preaviso, para el reingreso, por parte del trabajador en excedencia voluntaria, acarrea la pérdida del derecho al reingreso. .Por lo tanto deberías de ponerte en contacto con un profesional del derecho laboral, por si existiera algún resquicio legal por el

Que pudieras seguir manteniendo el derecho de preferencia y poder reincorporarte tu puesto de trabajo a a otero similar..

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