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Es complicado por no decir imposible sin ver sus contratos y sin saber realmente las actividades que realiza y la naturaleza de la empresa contestar a sus preguntas.
Es legal realizar un contrato de obra o servicio por acumulacion de tareas siempre y cuando sea real tal circustancia y se refleje claramente en el contrato el motivo de la contratacion.
En el supuesto de que otra persona ocupara su puesto antes de que acabara la obra o servicio para el que fue contratado sin motivo justificado seria un despido y deberian indemnizarle, si por el contrario la obra o servicio finaliza su contrato finaliza (distinto de que le despidan) y en dicho caso no existe indemnizacion por despido improcedente.
Entiendo que a usted no le han despedido aun, sino que le hizieron un primer contrato y posteriormente un segundo.
Si cree que esta contratado en fraude de ley y por tanto podria reclamar la condicion de indefinido le recomiendo que se ponga en manos de un Graduado Social que a la vista de toda la documentacion estime las actuaciones a seguir, unicamente por una consulta y estudio detallado de su caso no le cobrara mucho y teniendo en cuenta que lleva 2 años en la empresa le interesaria que le reconocieran la condicion de indefinido, siempre y cuando como digo exista base legal.
Saludos.
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