Tengo derecho, según convenio, a cobrar los festivos

Hola, trabajo de operadora en una central receptora de alarmas de lunes a domingo con un contrato indefinido de 40 horas semanales a jornada ininterrumpida y turnos de día y noches, y mi duda es referente a los días festivos, los cuales me toca trabajarlos y no son remunerados. Esta consulta se la hice a mi supervisor y me dijo que según convenio a esta categoría profesional no le correspondía cobrar días festivos.
Como no me convencía esa respuesta, he estado leyendo el convenio colectivo Estatal de las empresas de seguridad y resulta que, si no he leído mal, en realidad si que estamos en el derecho de cobrarlo según convenio, a no ser que haya algún vacío legal referente a esta categoría profesional o alguna clausula que se me haya pasado por alto.
Resulta que en todas las tablas de remuneración(plus nocturnidad, plus vestuario, plus de transporte, plus de festivos o festivos remunerados) aparecemos como que nos corresponde POR dinero.De hecho cobramos todos los plus citados anteriormente menos el referente a lo festivo.
Con lo cual, antes de volver a llamar a mi supervisor y pedirle explicaciones me gustaría tener una segunda opinión de un experto y tener así una segunda opinión en la que me pueda apoyar eficazmente.
Sin más motivos, espero haberme explicado bien y que me hayáis entendido sin ningún problema. GRACIAS!
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