Derechos después de una subrogación

Una empresa compro la empresa donde yo trabajaba y por lo tanto me he tenido que subrogar a esta ultima.
Se que tienen que respetar las mismas condiciones que venía disfrutando durante 3 años y es el caso con varias mejoras que tenemos comparado con los trabajadores de nuestra nueva empresa. Pero también ocurre que en esa empresa tienen una forma más ventajosa en cobrar el plus festivo, por lo tanto mi duda es si los trabajadores subrogados podemos exigir que nos paguen el plus festivo igual que todos al mismo tiempo que nos mantengan nuestras condiciones antiguas más beneficiosas (por ejemplo nosotros tenemos 33 días de vacaciones y ellos 30).
La primera respuesta de Recursos Humanos a esa consulta ha sido que o nos acogemos a unas condiciones o a otras, pero todo no.
¿Es cierto? ¿No tendrían que igualar los plus con los mismos criterios para todos para que no haya diferencias entre los mismos trabajadores?

2 respuestas

Respuesta
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Esta pregunta puede dar origen a un debate más amplio que la respuesta que te indicaré a continuación, pero de forma general se aplicaría lo siguiente.
Al ser subrogados tendrán que aplicaros el convenio colectivo de la nueva empresa, salvo en aquellas condiciones que tuvierais pactadas con anterioridad y que fueran más beneficiosas, que tendrían que manteneros como derecho individual.
En el caso que planteas, si ese plus de festivo de la nueva empresa es por convenio tendrían que aplicároslo, pero si es por acuerdo individual no estarían obligados, ya que sería una condición más beneficiosa y específica para esos trabajadores por pacto individual, al igual que vuestra situación personal por venir de otra empresa.
Esto es lo general, porque por acuerdos podéis pactar otras condiciones, siempre respetando que beneficien a los trabajadores en cómputo global (se puede perder en algo pero ganar en conjunto), o por un nuevo convenio colectivo a nivel de empresa.
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Siempre hay que respetar las condiciones más beneficiosas.. lo cual quiere decir que tenéis derecho a 33 días de vacaciones y a los festivos según el convenio nuevo... tenéis los mismos derechos que los demás pero os tienen que respetar también derechos adquiridos.
La respuesta de RRHH es equivocada.. si os han subrogado tienen que respetaros lo que teníais pero ahora sois de la empresa nueva y por tanto TENÉIS SUS derechos...
Es obligatorio hasta con ETT´s pagarlos igual que a la gente de la empresa donde trabaja...
Te pongo el ejemplo de empresa con 4 centros de trabajo en provincias distintas y legalemnte tienen 4 convenios distintos... si quisieran hacer un CONVENIO DE EMPRESA para estar sujetos a las mismas condiciones tendrían que respetar las condiciones MÁS BENEFICIOSAS de cada convenio, quiere decir que habría que coger la tabla salarial más alta de las 4, el nº de vacaciones más alto de los 4 convenios etc... o negociar determinadas cosas con el Comité...
Si no es tu caso, que por comité de empresa aceptaran mantener unas cosas en renuncia de otras etc... Tu RRHH te está timando.

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