Ruptura precontrato laboral por parte de la empresa

Me han hecho un precontrato laboral en el que no se especifica una posible indemnización por parte de la empresa en caso de no cumplimiento.
(Sólo dice que si no me presento el día acordado, "les eximiría de cualquier tipo de indemnización.")
Este nuevo puesto no supone dejar otro, ya que me encuentro en el paro, pero sí supone un traslado de residencia para mí. He hecho las cajas, alquilado mi piso, reservado uno (500 e. Señal) en la nueva ciudad y... Parece ser que finalmente el contrato no va a materializarse. Hemos hablado de condiciones de "regalo" de días y horas extra a la empresa después del precontrato y no hemos llegado a un acuerdo. Dijeron sí, y desde entonces no dan señales de vida.
Yo voy a presentarme el día acordado. Si no me contratan, ¿puedo exigir una indemnización por daños y perjuicios? (Días de hotel buscando piso, señal piso, perjuicios a mis inquilinos, rechazo de otras ofertas, etc.)

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Si, desde luego, en caso de que no cumplan su parte usted puede demandarles por incumplimiento de contrato, ya que el precontrato es vinculante. Es indiferente que en el precontrato figure una cantidad de indemnización o no, porque eso solo fijaría la cantidad por anticipado, pero usted puede demandar y el juez fijará la cantidad justa correspondiente a los gastos que le hayan generado y es posible que una indemnización adicional.
Lo que debe hacer SIN DUDAR es presentarse en el puesto de trabajo, porque si no acude la empresa podrá justificar que usted no acudió al puesto y por tanto eximir cualquier responsabilidad.
Muchísimas gracias por la rapidez,
Una cosa más... y si, ya que no están -parece ser- ya interesados en contratarme, y si me presento y, para ahorrarse la indemnización, decidieran contratarme y, después, ¿despedirme a los pocos días? ¿Podrían, no?
Total, a 45 o menos días por año, el despido a los quince días les saldría más económico que indemnizarme.
¿O es esto muy retorcido? Quizá esto ya es especular, pero es que la situación es compleja para mí, sobre todo porque, además del trastorno causado, voy a pasar muy mal rato el día que debo presentarme.
Gracias otra vez, Javier,
Saludos,
Les saldría más barato, pero usted podría demandarles por hacer eso. Si usted cambia su vida por un contrato y la empresa decide echarle a los 15 días deberá indemnizarle igualmente por los gastos ocasionados. Lo que tiene que tener mucho cuidado es durante el periodo de prueba en la empresa, ya que seguramente intentaran perjudicarle para después poder decir que le echan porque no vale para el trabajo, no porque no quieran contar con usted.
Ahora me queda sopesar el tema, pero gracias a su opinión, tengo un criterio formado con el que contar.
Gracias por su trabajo!
Saludos cordiales,

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