Funciones y puesto de trabajo.

He trabajado durante años llevando un camión de helados realizando las tareas de mantener y ampliar una cartera de clientes e introducir productos. Realizando control de sotcks (cargar el camión, inventario mensual etc..), repartir género, facturar, cobrar y liquidar facturas diariamente.
Todo esto cobrando un sueldo más unas comisiones (firmadas en su día para el tipo de trabajo Autoventa) por la venta y el cobro realizado.
Desde hace 2 meses nos han cambiado el puesto de trabajo y nos han bajado las comisiones a la mitad, alegando la situación económica.
La situación actual es: La empresa me ha asignado un coche de empresa(gasolina incluida) con el cual tengo que encargarme de unas zonas determinadas en realizar la preventa, ampliar la cartera de clientes, cobrar facturas, altas clientes, negociaciones, etc..., el reparto de genero lo realiza al día siguiente un repartidor.
Antes:
Puesto de trabajo: Autoventas Categoría: viajante, vendedor y corredor de plaza
Ahora:
Puesto de trabajo: Preventistas vendedores directos Categoría: la misma
COMISIONES: la mitad

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Para que se puedan cambiar las condiciones de trabajo se tiene que dar el consentimiento del trabajador de lo contrario le empresa no actúa de acuerdo a derecho. Ahora bien eso os lo habrán comunicado por escrito, pues a partir de esa fecha se tiene 20 días hábiles para reclamar por esa situación.
Buenas tardes,
Nos lo comunicaron de palabra individualmente de la siguiente forma:
La actividad que habíamos realizado de autoventa desaparecía y todo iba a pasar a preventa y reparto con la consiguiente disminución de la comisión si o si. Repartirían la comisión entre las dos personas.
Si podían contar con nosotros para dicho propósito. Realizar el trabajo de preventa o de repartidor y que en caso contrario muy sutilmente la empresa podía finalizar el contrato osea despedirnos.
La mayoría dijo que si, sobretodo los futuros preventas, pero tampoco estábamos de acuerdo con la bajada de comisiones y a los "rebeldes" los pasaban a repartidores sin opción, como por ejemplo a nuestro representante sindical, al cual si que se lo comunicaron por escrito mediante burofax.
Han pasado más de 20 días desde que realizamos las nuevas funciones y nadie ha denunciado nada, a mi particularmente nadie me lo ha comunicado por escrito pero si verbalmente.
¿Qué puedo hacer? ¿Si denuncio, me pueden echar por represarías?
De toda la gente(16 de los cuales 6 son autónomos+6 de temporada) afectada, 4 estamos en desacuerdo por dicha bajada.
Muchísimas gracias por contestar.
En principio si han pasado más de 20 días desde la fecha de comunicación o bien la fecha efectiva de realizar las nuevas funciones, pues lamentablemente se ha perdido la opción de exigir que las condiciones no variaran.
Por represaría concretamente no puede la empresa despedirte, porque no es un motivo de despido, podrán argumentar otra causa pero esa no, no obstante el trabajador que realiza una reclamación a la empresa y posteriormente en el tiempo es despedido es posible argumentar en el tiempo el nexo causal entre la reclamación y el despido, es una garantía constitucional, pero que hay que probar.
Suerte.

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