¿Se puede considerar despido improcedente por finalizar mi contrato por fin de obra?

Necesito aclarar una duda pues me despidieron ayer y no lo tengo muy claro respecto a la actuación de la empresa y el finiquito, etc... Hace tres días mi jefe y cuñado en una reunión de la empresa me propuso que me hiciera autónomo pues me daba tres días, hasta ayer viernes, para pensármelo y que si no me interesaba pues que no contaría con mis servicios. Los motivos que me dijo eran que había cometido algunos fallos en algunos trabajos realizados, cosa que a todo el mundo puede pasarle y nada que no tuviera arreglo, por lo cual me exponía que no era rentable para su empresa. Bien, me entrega el papel del finiquito, que no he firmado aún y me especifica que la causa del despido es por finalización de contrato temporal, cuando en mi contrato pone fecha de alta pero no fecha de finalización, y sé de buena tinta que aún tiene trabajo de mi profesión, pues aún tiene contratado a otro albañil y a cuatro personas más. Mi pregunta es si se puede considerar despido improcedente, pues me quiere finiquitar con 8 días por año y no por 45 según tengo entendido. ¿Está intentando engañarme? Gracias de antemano y necesito respuesta por favor, pues tendré que actuar según como proceda.

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La indemnización por finalización de contrato por obra y servicio es de 8 días. Lo que ocurre es hay que ver si tu contrato estaba en fraude de ley, o cualquier otra circunstancia que se pueda denunciar.
Si llevabas más de 1 año en la empresa, te tenían que haber dado 15 días de preaviso, si no lo han hecho deberían pagártelos.
Tienes la posibilidad de denunciar por despido improcedente, para ello tienes 20 días hábiles para hacerlo desde la fecha de la notidicación de la finalización de contrato.
Lo más probable es que haya incurrido en algún tipo de irregularidad, ya sea porque las cantidades no están bien, etc., por lo que contacta con un abogado e intenta denunciar, algo más sacarás seguro.
Gracias makinavaja, pero tengo una duda, según me dices tengo la posibilidad de denunciar por despido improcedente, ¿esto es porque tengo conocimiento de que aún hay trabajo de mi oficialía y en ese caso podría tener razón ante un juez que ha sido despido improcedente y no por finalización de contrato o por obra? Según pone en mi contrato en la cláusula tercera: "se extenderá desde el 27/01/2010 hasta FINAL DE OBRA" y la obra para la que fui contratado y que se especifica en la cláusula sexta (12) se acabó en un par de semanas... no sé, me fío ya tan poco de este señor que me gustaría cogerlo por algún lado... Gracias de nuevo, un saludo!
No es una ciencia cierta, porque cuando vas a juicio depende del juez que te toque, pero lo que me comentas de que tu obra ya había acabado puede ser uno de los argumentos que utilice tu abogado para decir que el contrato estaba en fraude de ley, y pedir la indemnización de 45 días.

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