¿Alta de Mutua con fecha ya asignada inspección ICAM?

Me gustaría consultarle acerca de lo que parece un abuso más de la mutua.
Mi mujer tenia contrato y sufrió un ataque fuerte de ansiedad en junio de 2010 en la empresa derivado de un problema de agorafobia, de una agresión traumática sufrida y la lejanía y añoranza de su hija, además del fuerte "estress" laboral.
El día 14 de junio le ocurrió y le dieron la baja a través de la seguridad social pero quién se hizo cargo de la incapacidad temporal fue la mutua. Desde ese día ha venido realizando los pertinentes controles de la mutua, además del seguimiento de la doctora de cabecera y de la psicóloga asignada a través de la seguridad social. El pasado 25 de noviembre asistió de nuevo a la visita programada con la doctora de la mutua. Ésta le entregó un comunicado para que se presentase al ICAM ( Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas ), con fecha de 17/12/2010. Con fecha 04/12/2010 recibió en nuestro domicilio un Burofax de la Mutua en el cuál se le ponía en conocimiento que a fecha de día 03/12/2010 quedaba supendida la prestación económica que percibía, alegando que: " A la vista de la información médica obrante en el expediente de esta Mutua se constata que usted no cumple con el requisito de estar impedido para el trabajo, previsto en el artículo 128.1 A ( Ley General SS )". Pues bien, el día 07/12/2010 mi mujer llamó a la Mutua para preguntar que hacia con la visita del ICAM, si debía asistir al ICAM y seguir recogiendo los partes y entregándolos en la Mutua, le indicaron que sí, que asisitiese a ICAM y siguiese entregando los partes, y que dependiendo de la valoración de ICAM se vería si se le abonaba la cuantía de la prestación. Hoy 17 de diciembre, mi mujer ha acudido a la visita en el ICAM y le han dado el alta médica, con fecha de hoy, pero al comentarle mi mujer lo que había ocurrido con lo de los partes y la prestación, la doctora le ha dicho que la Mutua está obligada a pagarle hasta el último día que esté de baja. La doctora de la Mutua le había dado fecha de visita para el 03/01/2011 y no tenia tampoco el alta médica de la doctora de cabecera de la seguridad social. Mi mujer no ha faltado a ninguna visita programada por la mutua ni a la visita que tuvo que hacer al psicólogo asignado por la mutua, el cuál en 10 minutos de estúpidas preguntas se la quitó de encima.
Pregunta: ¿Puede la Mutua negarse a pagarle los 4 partes presentados ya?
En todo caso que ocurriese una negativa: ¿Qué trámite o procedimiento debe de seguir mi mujer?. En la Mutua le han dicho que ha de redactar un escrito y presentarlo adjuntando el parte de alta que la doctora del ICAM le ha entregado, y que la Comisión de la Mutua ya evaluará.
Espero su respuesta, creemos que es un abuso más de una Mutua.

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Pues sí, la Mutua no está autorizada a dar un alta médica, eso corresponde al médico, y si la doctora no la ha dado de alta será porque no lo ha creído oportuno.
Tal como le ha dicho la doctora, la mutua ha de pagar la IT, si se niega, tendréis que recurrir al juzgado de lo social y presentar una denuncia por el impago de esta incapacidad. Para la denuncia podéis recurrir a un abogado laboralista (los sindicatos lo facilitan a sus afiliados)

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