¿Cómo puedo calcular la paga de navidad que me corresponde y el finiquito?

Buenas noches, me pongo en contacto con usted para ver si puede ayudarme, soy auxiliar infantil en un centro infantil, este mes se me finaliza el contrato el día 31 y empecé a trabajar el día 1 de septiembre, 4 meses, ¿mi sueldo el primer mes fue de 336? Y estos meses después ha variado al tener horas extras y aumentarme las horas laborales... Quisiera saber como puedo calcular la paga de navidad que me corresponde y también el finiquito el problema está en que aun no me han dado la copia de mi contrato por lo que no recuerdo el tipo de contrato que tengo.A parte de saber la paga y el finiquito,¿es normal que aun no haya recibido mi copia del contrato? Me van a renovar o eso me han dicho ¿cuándo debería saber mis condiciones laborales y firmar mi nuevo contrato? Acordaron conmigo un complemento de convenio mensual por una serie de circunstancias pero este mes sin decirme nada me lo han quitado ¿pueden hacer eso? En teoría se le ha pasado a la señora de la gestoría, pero ¿pueden hacer eso? Y por último si acordamos unas horas semanales, al igual que mi jornada puede aumentar de hora ¿pueden disminuirmela? ¿Tienen qué avisarme con algún plazo antes de hacerlo?
GRACIAS de antemano y espero me conteste lo antes posible para disipar mis dudas que me tienen en vela.

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En primer lugar, lo más importante, el contrato ya lo deberías tener en tu poder. Pídelo, si no te lo dan, en el servicio publico de empleo tienen que tener una copia registrada, explica tu caso y ellos te orientaran.
En segundo lugar, tanto para el calculo de las pagas como del finiquito tienes que tener en cuenta el sueldo que recibes, y ello, junto con las mejoras del convenio que me dices, con lo que vete al convenio que te resulte de aplicación y según tus retribuciones podrás calcular la paga que te corresponde, que como has estado 4 meses sería 4/6 del sueldo que debas recibir en un mes. Para el finiquito igual, teniendo en cuenta que son en caso de extinción por expiración del tiempo convenido 8 días de salario por año.
En cuanto a tu duda de si la gestoría te puede quitar las mejoras de convenio, la respuesta es no, puesto que son derechos indisponibles.
Por ultimo, en cuanto a la reducción, te la debe preavisar con 30 días de antelación y siempre que concurran causas que la justifiquen.
Espero haberte sido de ayuda, si te surge alguna duda más intentare resolverla con gusto.

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