¿Contrato indefinido o contrato de suplencias?

Tengo una duda y me gustaría que me lo aclare alguien, si se puede, por favor. Trabajo en una residencia de mayores privada como cocinera .el día 1 de noviembre del 2010 se me termina el contrato de trabajo .(menciono que he tenido un contrato de 3 meses y luego una prorroga de 9meses ). Me quieren hacer un contrato de 1 mes de suplencias de limpieza y luego otro mes de suplencias de cocinera (menciono que aunque me harían un contrato de limpieza yo desempenare los mismos trabajos de cocinera). ¿No están obligados que me hagan un contrato indefinido salvo que mi puesto se queda libre si me hacen el contrato de limpieza? ¿Qué puedo hacer? ¿Los puedo denunciar? ¿Cuáles son mis derechos?

1 respuesta

Respuesta
1
Denunciar, puede todo el mundo de esta manera:
...
Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social . A estos efectos se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social. Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves y se sancionan a propuesta de la Inspección de Trabajo, previa instrucción del oportuno expediente y conforme al procedimiento administrativo especial establecido en el Real Decreto 928/1998 , por el que se aprueba el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social.
Dichos servicios se deben solicitar a través de denuncia por escrito en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social. En ningún caso se admiten denuncias presentadas mediante el correo electrónico
, el escrito de denuncia deberá contener:
Datos de identificación personal del denunciante y su firma
los hechos presuntamente constitutivos de infracción
fecha y lugar de su acaecimiento
identificación de los presuntamente responsables
demás circunstancias relevantes).
...

Es deber de los funcionarios del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de guardar secreto respecto de los asuntos que conozcan por razón de su cargo, así como sobre los datos, informes, origen de las denuncias o antecedentes de que hubieran tenido conocimiento en el desempeño de sus funciones.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrá abrir un período de información previa con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar la actuación inspectora.
Lo que a mi me interesaría es si no están obligados que me hagan un contrato indefinido .gracias por su respuesta
Según la última reforma, si encadenas contratos de trabajo por tiempo de 24 meses en un periodo de 30 meses se te debe hacer fijo.
Si creer que hemos terminado, cierra la pregunta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas