Incapacidad de maternidad

Buenas tardes,
Espero me puedas ayudar, tengo entendido que son 2 incapacidades cuando estas embarazada, 42 días antes y 42 días después del parto, y se te debe pagar tu sueldo completo, correspondiente a como estés cotizada en el IMSS, mi duda es la siguiente: semanalmente me pagan 1007 pesos, y en el seguro estoy cotizada con 100 pesos diarios. Me pagarían los 1007 pesos semanalmente en la incapacidad, ¿o solo los 600 pesos correspondientes según a lo que estoy cotizada? Es ahí donde no entiendo.

De antemano gracias!

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Se paga únicamente lo que se está reportando al IMSS.
Es indebido que el patrón reporte una cantidad inferior. Es ilegal. Pero si ya estás metida en el asunto, por ahora sólo puedes pedir la cantidad por la que estás cotizada. Sin embargo, te sugiero que le comentes a tu Jefe o Encargado de Recursos Humanos (según el lugar donde trabajes) que necesitas que te paguen ellos la diferencia. No alegues cosas legales si no es necesario, sólo di que lo necesitas. Ya si se dificulta, entonces ni hablar, hay que comentar que eso es lo justo.
Buena suerte.

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