Paga extraordinaria de junio correspondiente

Tengo una duda sobre la paga extraordinaria que me corresponde este mes de junio.
El caso es que empecé a trabajar día 11 de enero de este año 2010 y trabajo en el sector de la siderometalurgia (por el convenio). ¿Pongamos qué cobre una salario bruto anual de 28.000?, distribuido en 14 pagas anuales, contando con retención por IRPF del 16,0% lo que debería percibir en concepto de paga extraordinaria de junio:
Total devengado: 5 meses + 21 días
[(2.000,00 ?/paga)/6 meses] * [5 meses + (21/31) meses] = 1.892,47 ?
Restando el IRPF: 302,80 ? (16,00 %)
1.892,47 ? - 302,80 ? = 1589,68 ?
¿Es correcto este cálculo? Lo digo porque me acaban de pasar la "nómina" correspondiente a la paga extra y es de aproximadamente la mitad de lo que me resulta por cálculo.

1 respuesta

Respuesta
En ese importe bruto están también contemplados los pagos a la Seguridad social, los pluses, la voluntaria que igual tienes, y puede que tengas algo prorrateado.
La respuesta es consultar directamente con la empresa para ver ellos, como hacen el cálculo o bien según la hoja de salario en donde debe especificar.
Perdona, creo que me he liado con la pregunta y no me he expresado correctamente.
Lo que quería decir es si es correcto que me paguen la paga extra de junio multiplicando el número de meses trabajados (en mi caso 5,7 meses) por el SB / 12 y no por el SB / 6 (ya que toca 1 paga cada 6 meses).
En el supuesto inicial (SB / 12, que me hace la gestoría) a final de año habré percibido aproximadamente 1,40 pagas extra, que no se corresponde con la parte proporcional que debo cobrar al año.
En el segundo supuesto (SB / 6, que considero me corresponde) a final de año habré cobrado aproximadamente 1,95 pagas extra, que se corresponde exactamente con lo que me toca ya que prácticamente habré trabajado todo un año natural.
No sé si tienen derecho a quedarse con la parte que me corresponde.
Espero me puedas echar una mano, muchas gracias.
Un saludo.
No puedo ayudarle, siento decirle, pero creo que debería consultar cómo realiza el cálculo la propia empresa y con esas notas acudir a un sindicato para que se las corrobore.

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