Incorporación tras excedencia(Me dan largas!)

Me encuentro actualmente de excedencia voluntaria por 4 meses y tendría que ncorporarme a la empresa el 1 de Julio, anteriormente era encargada de establecimiento en el sector de comercio textil, mi intención es incorporarme pero como dependienta, es decir en una categoría inferior.
La cuestión es que no se si la empresa lo aceptara o no, y tampoco se los pasos que hay que seguir, ni cuales son mis derechos para solicitar el "descenso", también me da miedo trasmitirles mi deseo de bajar de categoría para que no me fuercen a una baja voluntaria al no querer mi anterior puesto...¿Qué hago? Me llevan postponiendo una cita para hablar con ellos una semana y para colmo no me cogen el teléfono ..

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1- Pide la reincorporación por escrito inmediatamente. Si no quieren firmar, burofax. No digas nada de la categoría porque la reincorporación a de ser necesariamente en la que tienes ahora. No tienes derecho al descenso pero puede que la empresa te lo proponga porque crean que así te joden.
2- A partir del día 1, si hay plaza libre, puedes demandar por despido nulo. Si no hay plaza, podrás demandar en cuanto la haya. Despido nulo = readmisión. Lee este artículo sobre pasos a seguir cuando te despiden, cuánto te tienen que liquidar y cómo denunciar.
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¿Es decir que ellos me pueden decir que ahora mismo mi plaza se encuentra cubierta? ¿O tienen que readmitirme obligatoriamente?
Si mi plaza se encuentra cubierta(casualmente por la prima de la supervisora) con contrato eventual, al yo incorporarme finalizaría su relación (la de mis sustituta) con la empresa, ¿no? Pero dadas las circunstancias la preferirán a ella que a mi...
¿Cuándo se produciría el despido? ¿Si no me incorporo? ¿O si la empresa dice que no tiene puesto para mi?
Perdona por tanta pregunta pero es que no quiero que se queden conmigo, que bastante lo han echo durante 4 largos años!
Si tu plaza está cubierta y se cubrió después de que pidieras la reincorporación entonces debes demandar por despido. Si se cubrió antes y sabes que hay más plazas entonces también puedes demandar. Si se cubrió antes y no hay más plazas te tiene que reincorporar cuando acabe el contrato eventual y si no lo hace el despido.
En resumen que el despido tiene lugar cuando se produce una vacante después de que pidas la reincorporación. La empresa que diga lo que quiera. Si hay plaza demanda, que el abogado pedirá en la misma que la empresa aporte el listado de contrataciones y bajas y lo tendrán que aportar.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

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