Vacaciones por imposición

Hola buenas tardes, comento mi caso. En el mes de Julio entre a trabajar a un empresa, pequeña, con un contrato por obras y servicios, y resulta que la empresa en el mes de Agosto cierra 15 días, así que tuve que cogerlos sin que me pertenecieran, porque no tenia más remedio. Ahora me han despedido, y en el finiquito, me dice que me pertenecen de vacaciones 11,5 días, pero como cogí 15, pues me restan la diferencia, y me lo restan en el finiquito. Mi duda es si esto es legal, por el hecho de que yo las vacaciones las cogí porque no tenia más remedio, y si tengo alguna opción de alegar que esto son vacaciones por imposición y que me paguen los días que me pertenecen de verdad. Gracias de antemano. Un saludo.

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Incluso aunque las vacaciones las hubieras escogido tú no te las podrían descontar. La jurisprudencia confirma que sólo se puede hacer este descuento si la empresa demostrara que a mala fe escogiste vacaciones sabiendo que te ibas luego. En tu caso ni las escogiste ni te has ido por lo que no cabe descuento en ningún caso. Aparte tendrán que pagarte los otros conceptos del finiquito, especialmente la indemnización de despido improcedente, porque si lo que han hecho es finalizarte el contrato temporal les puedes demandar por esa causa. De todas formas los tienes que demandar igual para cobrar esos días que te han quitado. Lee este artículo sobre cómo seleccionar abogado (incluso gratis) para casos laborales. Lee este artículo sobre el finiquito. Lee este artículo sobre los contratos temporales en fraude de ley.
Muchas gracias, me has ayudado mucho, aunque sigo teniendo dudas, porque me gustaría demostrar con la ley por delante este hecho, el de las vacaciones, y ademas justificar que es un despido improcedente, porque a mi me hicieron un contrato por obras y servicios de una obra en concreto que ni he pisado, y además ni se si ha finalizado, y claro el motivo del despido es ese, el de finalización de la obra. Así que si me pudieras hacer alguna referencia a normativa, con la cual justificar esto, pues me seria de mucha ayuda. Un saludo y gracias.
El Estatuto de los Trabajadores. Pero no pierdas el tiempo en decirle a la empresa lo que ya sabe. Simplemente demanda, porque tienes un plazo de 20 días. Las clases de derecho ya se las dará el juez en la sentencia.
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