Dudas sobre la incorporación al trabajo tras reducción de jornada laboral rechazada

Hubo un usuario que te hizo consultas en Reducción de Jornada rechazada, ¿debo incorporarme? Y le ha informado incorrectamente, la reducción de jornada puede realizarla de lunes a viernes indiferentemente, ya que puede reducir horas de su jornada o días de su jornada, el despido seria declarado nulo puesto esta protegida los primeros meses después de la baja maternal, y que jamas firme ningún documento pues si quiere pactar que le paguen los 45 días por año, incluso más si se diese el caso ya que tiene todas las de ganar, y que envíe la reducción por burofax indicando que si no hay respuesta la dará por aceptada, así le tendrás que contestar por escrito y seria una gran prueba ante el juez

1 respuesta

Respuesta
No obstante creo que estas en un error.
.- El articulo 37.5 del ET habla de la reducción de la jornada por guarda legal, textualmente dice que se podrá reducir la jornada en un mínimo de 1/8 y un máximo de 1/2. Realmente en en este articulo no se dice nada de la forma de distribuir esa reducción de jornada, no obstante, en la practica, es suele reducir la jornada diaria y no la semanal.
Por que:
.- Por que si el empleado solicita la reducción semanal y el empresario demuestra que esta reducción le supone trastornos económicos, estructurales o de producción (FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA), se considerara como más eficaz la reducción de la jornada diaria.
.- También te emplazo a contestarme esta pregunta: ¿El empresario podría negar a una trabajadora a ejecer su derecho de reducción de jornada por guarda legal? Cualquier persona contestaría sin temor a dudas que NO. Pues yo la invitaría a leer el párrafo 3º del art 37.5 del ET, donde dice que; si coinciden 2 o más trabajadoras con reducción de jornada, el empresario podrá negar al ejercicio de este derecho a una o varias trabajadoras por razones de funcionamiento de la empresa. Otra vez se hace referencia al FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA.
.- Por ultimo resaltarte que en el convenio celectivo de comercio los sábados y festivos son los días donde se acumulan el 50% de la facturación, por tanto es evidente que no trabajar los sábados y festivos en comercio resultaría muy perjudicial para la empresa.
.- Toda reducción de jornada semanal en comercio, es fruto de un pacto privado entre trabajadora y empresario.

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