Duda con mi contrato

Buenas tardes, por favor deseaba hacer la siguiente consulta pues ando un poco perdida:
Yo trabajo en una empresa desde 11 meses a media jornada, termino justo en un mes cuando cumple mi contrato un año. Ahora me dicen que puedo mirar para cobrar el paro que tenga desde ya incluso antes de terminar contrato porque estoy a media jornada.
1. ¿He calculado y me salen unos 500 euros de paro pero no se si lo puedo solicitar estando trabajando?
2. ¿Y supongo que ese importe del paro no se reduciría si sigo trabajando a media jornada no?
3. ¿Es decir puedo cobrar mi nomina de 800 y los 500 de paro a la vez?
Además, si yo quiero renovar en diciembre renovaría siguiendo a media jornada pues es lo que me proponen en principio.
Entonces viene otra duda: si yo termino en diciembre cobraría un finiquito de 1 día por mes trabajado creo, más las vacaciones que no he disfrutado,
4. Pero he oído que si me renuevan y me hacen indefinida perdería ese finiquito, pero entonces que ganaría, ¿qué ventajas tendría si por ejemplo me despiden dentro de tres meses porque haya poco trabajo?
5. ¿Tendría mayor finiquito o antigüedad dentro de tres mess o como puedo saberlo?
6. En definitiva, sabiendo que en el próximo año voy a dejar de trabajar ahí seguro (bien por despido o bien porque me llamen de otro sitio mejor a media jornada que estoy esperando) que me interesaría más: ¿Cobrar finiquito y hacer contrato nuevo o renovar?
7. ¿Después de un año me pueden seguir haciendo contratos de tres meses o pasaría a ser indefinida? Si me cambian de categoría (¿soy administrativa) si me pueden hacer de nuevo de tres meses?
Muchísimas gracias de antemano. Saludos. Tati.

2 respuestas

Respuesta
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Ahora mismo no puedes cobrar la prestación por desempleo porque para ello debes finalizar el trabajo, si finalizas el contrato y vuelven a contratarte a media jornada podrías cobrar la prestación por desempleo a media jornada, pero se consume como si lo cobraras a tiempo completo. En cualquier caso, como no tengo todos los datos para poder darte una respuesta más concreta lo más sencillo es ir a solicitarlo al INEM y si te corresponden te lo concederían.
Debes tener en cuenta que si das tu baja voluntaria o si no quieres renovar un contrato no tienes derecho a prestación por desempleo.
Cuando finalices el contrato tendrás derecho a una indemnización en principio, porque habría que ver que tipo de contrato temporal tienes, de 8 días por año trabajado, además del finiquito al que siempre tienes derecho.
Si ahora finalizas el contrato la empresa debe pagarte la indemnización por contrato temporal, pero si renovaras no sería necesario que te la pagaran ahora ya que deberían mantenerte la antigüedad y al finalizar el contrato te pagarían la indemnización desde el inicio real de la relación laboral. Si ahora finalizas un contrato y te liquidan y tienes otro nuevo contrato en el siguiente no te mantendrían la antigüedad y tendrías una nueva indemnización independiente a la del primer contrato.
Si los contratos temporales están correctamente realizados aunque lleves trabajando un año no pasarías a ser indefinida, ahora si están en fraude de ley ya tendrías derecho a reclamar el contrato indefinido.
Como te decía no se que contrato temporal tienes, si es de obra este finalizará cuando realmente finalice la obra y si es de circunstancias de la producción como máximo puede durar 12 meses, estos dos son los dos contratos temporales más habituales. Si te renuevan el contrato con otro diferente para realizar el mismo trabajo dicho contrato estaría en fraude de ley.
Respuesta
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Primero siento el retraso.
Trabajando no te darán el paro. Tendrás que esperar a que compla tu contrato para solicitarlo con el certificado de empresa. Luego si sigues trabajando a tiempo parcial lo podrás solicitar pero lo consumes a tiempo completo y te pagarán la diferencia de la jornnada que estés dada de alta.
La indemnización es de ocho días por año trabajado y las vacaciones + la pp de pagas extras que te corresponda es el finiquito.
Si te quieren renovar simplemente vas acumulando más indemnización ya que te respetarán la antigüedad y si a los tres meses te despiden podrás reclamar despido improcedente con 45 días en vez de ocho.
Si piensas irte que te hagan contrato nuevo, ya que con una baja voluntaria pierdes todos tus derechos.
Ya has cumplido un año temporal, así que como bien dices o indefinida o temporal con cambio de categoría para lo que te tendrían que hacer otro contrato.
En primer lugar muchísimas gracias. Lo tengo todo claro excepto esto en términos reales:
Yo el día 5 termino contrato y he estado un año a media jornada. Me sale un paro de 560 euros al mes. A finales de enero creo que voy a empezar en otro trabajo también a media jornada por 650 al mes. ¿Quiere esto decir que podré estar cobrando los 560 y los 650 cada mes hasta el final del periodo que me corresponda? Esa es mi duda.
Gracias. Espero su respuesta. Un saludo.
El parolo puedes cobrar, pero te pagarán solo la diferencia de las horas. Es decir, si por 40h te pagan por, por la diferencia de horas que hagas te pagarán x. Es la parte proporcional de las horas.

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