Asuntos propios

Quería preguntarte si me corresponden días por asuntos propios, mi convenio es el del comercio textil, yo estuve leyendo algo y dicen que son dos días por asuntos propios sin tener que justificarlos y otras licencias de tres días que si tienes que justificar, mi empresa no deja ni cogerlos juntos, ni disfrutarlos en viernes ni sábados y yo por ningún lado vi en el convenio que te especifiquen cuando puedes cogerlos o cuando no, ¿solo se que no puedes juntarlos con vacaciones... Y con festivos puedo?

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Tienes que seguir exactamente las pautas que te da tu convenio. Y sino pone nada, los días de asuntos propios, los comunicas con antelación, para poder disfrutarlos antes del 31 de diciembre. Es tu derecho. Tu decides cuando los coges, diferente es que no puedas juntarlos con otras fechas. Habla con tu comité de empresa, para que interprete el contenido de tu convenio.
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