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Despido por causas objetivas

Experto:
Usuario: Anónimo Fecha: 06/11/2009
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Derecho Laboral
06/11/2009
Usuario
Te comento la situacion: Mi actual empresa nos traslada obligatoriamente de Algeciras a Denia (somos Marinos Mercantes, empresa Buquebus, absorvida hace dos años pòr Balearia) avisan con un mes de antelacion y ofrecen continuar trabajando en Denia (de momento) ò despido por causas objetivas e indemnizacion de 20 dias/año trabajado. Hasta aqui todo legal desgraciadamente, Opto por renunciar al puesto de trabajo y aceptar la indemnizacion (me quedan dos años para coger la jubilacion al 100% y creo que aun cobrando el paro estos dos años no afecta a èsta),el comite de empresa mientras tanto intenta frenar este desplazamiento y logra una resolucion del ministerio de trabajo, paralizando este desplazamiento obligatorio por un mes (resolucion con fecha de hoy dia 6 de Noviembre). Por otro lado me llaman (hoy tambien) para decirme que yà puedo ir a cobrar la indemnizacion el lunes. Actualmente estoy de baja por ITE y no sè si puedo acojerme a este mes de demora del ministerio de trabajo, pues la empresa pretende darme de baja yà, incluso estando de baja y debiendome casi 15 dias de vacaciones. No sè que hacer, si acercarme el lunes por Algeciras y cobrar la indemnizacion, o si tengo derecho a demorar un mes mas y cobrar èste mientras se decide si hay juicio por conflicto colectivo mientras tanto. Sè que es un lio pero la verdad es que no sè que hacer y necesito consejo. Un saludo
06/11/2009
lomoplateado, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
hola,
decidas lo que decidas, aceptar la próxima semana o esperar un mes, si lo que quieres hacer es aceptar la indemnización y marcharte no tendría mucha repercusión.
La empresa te comunicó con un mes de preaviso la movilidad geográfica, si quieres irte deben pagarte una mínimo de 20 días por año de indemnización, más el finiquito, en el que tendrán que abonarte las vacaciones devengadas y no disfrutadas. Esta operación puede realizarse aunque estés de baja médica.
Si decides esperar habrá que ver que dice la autoridad laboral, porque pudiera ser que no permitan el traslado, o en caso de permitirlo habría que ver si la empresa quiere seguir adelante, y sería la misma situación que en la actualidad: aquellos que sean trasladados tienen derecho a marcharse con una indemnización de 20 días por año.
Una vez finalice tu relación laboral puedes solicitar la prestación por desempleo, que enlazarías con la jubilación si tienes 63 años, además puedes dirigirte a una oficina del INSS, informar de tu situación para que te confirmen que te mantienen la base de cotización actual y no perder en la futura jubilación, o ver que soluciones te dan para mantener la base de cotización.
Si quieres realmente quieres marcharte, yo no esperaría otro mes y aceptaría ya la indemnización, aunque tampoco pasará nada si continuas en la empresa, en tu situación no tienes nada que perder, aunque si aceptas te lo puedes plantear como un adelanto de la jubilación.
un saludo.
06/11/2009
Usuario
Gracias por tu rapidez y claridad, Para la seguridad social tengo 63 años menos un mes, aunque en realidad tengo 56, a los que se suman los años de reduccion por el regimen especial del mar, en el que por cada año navegado cuenta como si cotizaras entre 16 y 17 meses (segun el tipo de barco y ruta). en realidad la unica diferencia es intentar descontar ese mes para pasar directamente de la situacion de desempleo a la de jubilado. Estas situaciones son comunes en personas entendidas en el tema como tu, pero para mi es un autentico dilema. Un saludo, y de nuevo muchas gracias
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