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Movilidad geografica y extincion del contrato

Experto:
Usuario:
Fecha: 04/11/2009
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Derecho Laboral
04/11/2009
yo1971, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Hola buenas
Te remito la siguiente duda. Debido a la situacion economica de la empresa, se está procediendo al despido de gente, pero a mi, me han propuesto un traslado de centro de trabajo. Actualmente trabajo en Valencia, centro de trabajo que aparece en mi contrato. Soy delegado de personal, y en breves dias, mañana más en concreto, me entregaran una carta para que el dia 9 de Diciembre, me traslade a las oficinas de Madrid, cambiando de residencia, con el perjuicio economico que ello supone
MI intencion es optar por la indemnizacion de 20 dias por año trabajado, y tener derecho a la prestacion del paro, al constituit . MI duda es...la empresa se puede negar??? Me pueden obligar si se niegan a desplazarme a Madrid?
Espero tu respuesta gracias
04/11/2009
yo1971, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
1) Siendo delegado de personal, tienes una serie de ventajas, por lo cual debes consultar con tu sindicato, esta movilidad geografica que quieren hacer contigo.
2) No obstante, entra en la web www.estatutodelostrabajadores.com y vete al apartado de movilidad geografica y traslados. Ahi veras, primero, que para ello, se necesita comunicar el hecho con 1 mes de antelacion, y ser aprobado por los propios delegados de personal (sindicales). Ademas tienen que hacerse cargo del traslado, etc...
3) Tu no puedes negarte al traslado, pero si impugnarlo, y tambien se refleja en el apartado anterior, la forma dehacerlo.
4) Puedes asimismo optar por la rescinsion del contrato, y ahi es donde tienes la posibilidad de cobrar los 20 dias de indemnizacion por año, pero con un maximo, que si mal no recuerdo es de 12 mensualidades., y por supuesto tienes derecho al paro.
Si tienes alguna otra duda, estoy a tu disposicion, y sino finaliza y puntua.
Te digo lo de mirar tu directamente en la web, ya que tienes varias opciones, y es muy extenso el apartado.
 
04/11/2009
yo1971, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Muy Bien. Me ha sido de gran utilidad
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