Excedencia

Hola, tuve una hija en enero, estuve las 14 semanas de maternidad, las horas de lactancia 14 días y pedí las vacaciones correspondientes, al finalizar estas fui a mi empresa a solicitar la excedencia para el cuidado de mi hija cuando rellene el formulario que ellos mismo me dieron, me dijeron que a la empresa no le interesaba los motivos de mi excedencia que pusiera motivos personales ( yo por desconocimiento así lo hice) pedí la excedencia por 4 meses al mandar a la empresa la carta para mi reincorporación con un mes de antelación la empresa me responde: que por razones estructurales y organizativas actuales del departamento, nos es imposible facilitarle su reincorporación en este departamento, por lo que la tendremos en cuanta a un futuro por si hubiera una vacante en este departamento.
Con esta respuesta mande un escrito al semac pidiendo mi reincorporación o que me despidieran improcedentemente. ( Todo esto lo hice en plazo inferior a 20 días )
Al final esto quedo sin avenencia por parte de la empresa.
Mi pregunta es las siguientes:
¿En casa de que la empresa diga ahora que me admite puedo elegir yo si ser admitida o ser despedía improcedentemente?
¿Y si la empresa no me admite y decide despedirme es mejor ir a juicio con ellos y poder demostrar que mi excedencia es de maternidad y que se declare nulo el despido ya que mi hija no tiene los 9 meses todavía? ¿O es preferible cobrar la indemnización y irme al paro?
Gracias por su respuesta de antemano
Un saludo

1 respuesta

Respuesta
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"en caso de que la empresa diga ahora que me admite puedo elegir yo si ser admitida o ser despedía improcedentemente?"
Tu pedías readmisión... solo la empresa puede elegir entre readmisión o indemnización en despidos improcedentes.
"y si la empresa no me admite y decide despedirme es mejor ir a juicio con ellos y poder demostrar que mi excedencia es de maternidad y que se declare nulo el despido ya que mi hija no tiene los 9 meses todavía ?"
Si vas a juicio, tardará como mínimo, 3-4 meses en salir... dependiendo de la provincia en que estés y lo salturados que estén los juzgados. En ese caso, si se declara nulo tendrán que pagarte los salarios de tramitación(los meses que deberías de haber estado trabajando y que no trabajaste) y reincorporarte. Y si se declara improcedente te pagaran los salarios de tramitación y más la indemnización por despido(45 o 33 días por año en función de como este celebrado tu contrato)
"o es preferible cobrar la indemnización y irme al paro?
Excepto en el caso de que se declare nulo, siempre cobraras indemnización y paro... pero demandar o no es cosa solo tuya.
Gracias por tu pronta respuesto, solo tenia unas dudas a ver si me podías aclarar.
1 - fuimos al semac mi abogado pidió la reincorporación o el despido improcedente, a lo cual la empresa se presento sin avenencia.
Mi abogado interpuso la demanda en lo social y a los dos días la empresa me manda un burofax diciéndome que han revisado mi caso y que me respetan la categoría y el horario que tenia anterior..(pero no habla que me respete mi puesto anterior) y mi excedencia es de 4 meses y según el convenio dice que si la excedencia no supera un año tendría derecho a mi puesto de trabajo.y mi puesto anterior se ha amortizado.
¿Ahora mi duda es tengo que incorporarme a la empresa por que ellos decidan ahora y sin respetarme mi puesto? No se que hacer te agradecería tu ayuda.
n saludo.
No estas obligada a reincorporarte, lo único, ellos te enviaron el burofax para presentarlo enel posible juicio.
Una opción es enviarles tu otro en el que contestes al que te enviaron diciéndoles exactamente lo mismo que me has comentado.
Diciendo que el convenio te garantiza tu puesto anterior y que quieres que te lo confirmen.
Habla con tu abogado para que te redate el comunicado y así que lo fundamente jurídicamente.
El problema de que tu puesto anterior se haya cubierto, no es tuyo, sino de la empresa, ya que debía haberlo cubierto con un contrato de interinidad para no tener ahora este problema.
Disculpame nuevamente... es que mi abogado en principio me dijo que no tenia que reincorporarme, pero ayer me comunico que tenia dos opciones o reincorporarme o esperar a que salga en jucio y que el juez puede determinar abuso de derecho por parte del trabajador y me podían despedir sin nada.
Hay algún argumento jurídico o art que diga que no estoy obligada a reincorporarme.
Me consta y tengo testigos que mi puesto no ha sido ocupado por nadie durante mi excedencia.
Disculpa tantas molestias pero me urg por que el burofax me lo mandaron el jueves no se si el lunes tengo que ir a trabajar o ellos me pueden despedir disiplinariamente.
Hazle caso a tu abogado y deja que llegue el juicio. En principio según comentas no dicen a que puesto te reincorporás. El problema es que si como dices, no han cubierto tu puesto, tal vez esta amortizado de verdad... el objetivo es seguir trabajando, ¿no?

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