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Buenos días, mi consulta es la siguiente:
Cada año y según el convenio de mi empresa, disfruto de 1 mes de permiso sin sueldo, por lo que en el cómputo de mis días de vacaciones me quitan 3 días laborales.
Según el convenio de mi empresa que es el CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE CONSULTORÍA Y ESTUDIOS DE MERCADOS Y DE LA OPINIÓN PÚBLICA, si trabajara todo el año tendría derecho a 22 días laborales. Después del descuento de días, tengo 19 días laborales.
Desde hace unos años vengo disfrutando de una reducción de jornada de 2/3 y también de sueldo proporcionalmente, por lo que trabajo 5.30 horas de lunes a viernes.
En este convenio no se especifica sobre los días a descontar por el permiso disfrutado, por lo que supongo que hay que atenerse a lo que establece el estatuto general de trabajadores. Y pienso que deberían de descontarme 2 días y medio, en vez de 3 completos y debido a mi reducción de jornada quiero saber si estoy en lo cierto de pensar que deberían descontar sólo 2 días completos.
Si es necesario cualquier dato adicional, lo facilito.
Gracias.
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