|
No hay tiempo establecido para la solicitud de algo que no es tu derecho contemplado en el Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, si no te contestan solo puedes insistir de buenas maneras, ya que no tienen obligacion de dartelo. Y por supuesto, tampoco hay indemnizacion en este sentido. La indemnizacion solo existe si es la propia empresa la que te obliga a un traslado y tu te niegas.
Finaliza y puntua
|