Aviso por e-mail de preaviso de despido

De nuevo Asade.
Tengo una nueva pregunta. El caso es que estoy de vacaciones en este mes de octubre y ya me habían comentado verbalmente que al final del mes no me renovarían el contrato, que también termina el 31 de octubre. Hoy día 15, acabo de recibir un e-mail de la secretaria de mi jefe a mi correo personal diciéndome que ya tengo el aviso de finalización de contrato en la oficina para que pase a firmarlo. Por supuesto hoy no pasaré. Como muy temprano podré ir el lunes, pero ya estaríamos a 19 de octubre por lo que si pongo la fecha en que lo firmo, ¿no deberían abonarme esos 4 días? O ¿Acaso el e-mail sirve para justificar como medio escrito el preaviso?.
Además, seguro que ahora sólo me tienen preparado el preaviso. Y hasta final de mes no me tendrán preparado la liquidación, certificado de empresa y la nómina de octubre. Por lo que querrán que pase nuevamente al final de mes para que firme el resto. En este caso, y teniendo en cuenta no estoy de acuerdo con el despido porque considero que es improcedente, ¿debería ponerlo ya en el preaviso que firme ahora o debería esperar y ponerlo en la liquidación, indicando que no estoy conforme con ella porque deberían abonarme los 45 días de indemnización por año trabajado?
Y por cierto, cuando se dice que hay que poner que no estás de acuerdo exactamente qué se pone: "NO ESTOY DE ACUERDO", y firmas. O hay que completar un poco más la frase.

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Tu pones la fecha de despido el día que recoges la carta, ypor supuesto RECIBIDO PERONO CONFORME. Pero si tu contrato finalizaba el 31 de octubre, deduzco que estas disfrutando de tus vacaciones, las cuales no van a ser retribuidas. Es decir, las vacaciones serán las correspondientes al año hasta el 31 de octubre, por tanto, a ti no tienen que pagarte nada más, que tu sueldo de octubre más la prorrata de pagas extras.
Con finalización de contrato, no hay despido, y por tanto no hay preaviso, ya que el mismo es la fecha de finalización del mismo contrato.
Por tanto, aclarate si es despido o finalización de contrato.
De acuerdo, a ver si he entendido bien...
¿Cómo lo que tengo actualmente es un contrato por obra o servicio de duración 3 meses (1 agosto - 31 octubre), no estamos ante un despido sino ante una finalización de contrato, no?. De hecho, en el aviso de finalización de contrato que quieren que firmen, seguro que pondrá, literalmente lo siguiente (lo sé porque siempre ponen lo mismo):
"De conformidad con la cláusula 3ª del contrato de trabajo suscrito con ud. en fecha 1 de agosto de 2009, le comunicamos que con fecha 31 de octubre de 2009 queda extiguido dicho contrato de trabajo por terminación del mismo."
Pero claro, como llevo trabajando con distintos contratos por obra y servicio en la misma empresa desde dic 2005, entiendo que estoy como indefinido en la misma y, como no me van a hacer nuevos contratos, creo que podría pedir que me den una indemnización por despido improcedente; y si no a reclamar...
Ahora bien, teniendo en cuenta tu aclaración sobre que no me están despidiendo, ¿sería lógico firmar como no conforme en el aviso de finalización de contrato? O ¿Sólo debería poner que no estoy conforme con la liquidación, cuando me la entreguen a final de mes, porque seguro que no me van a incluir la indemnización mencionada?. Por cierto, en cuanto a las vacaciones, resulta que las que estoy disfrutando (1 mes - octubre) corresponden al contrato anterior, que fue de un año (1 agosto 2008 - 31 julio 2009). Pero las del contrato actual, de 3 meses, no las he disfrutado. Por eso digo que deberían liquidármelas, ¿no?
¿Vamos no sé que opinas tú al respecto?. Tú firmarías el aviso de finalización de contrato sin indicar nada si luego quieres reclamar, o pondrías no conforme, aunque aparentemente no sea muy lógico, ¿por si acaso?.
Muchas gracias de nuevo por tus aclaraciones.
1) Si las vacaciones que estas disfrutando son del anterior año, claro que tienen que pagarte las de este año.
2) Y ahí, es donde si te puedes agarrar. Porque si son de otro contrato, ¿no te finiquitaron el anterior?
Creo que llegado este caso que no me habías indicado, en cuanto a lo de las vacaciones, debería un abogado mirarte todos los contratos, sus finiquitos, etc, porque igual, cobras de indemnización algo más que 8 días.
Hazme caso, busca todo lo que tengas, y acercate a tu sindicato, o a un abogado amigo, y que te lo mire bien.
Y de mientras, siempre hay que poner RECIBIDO PERO NO CONFORME. Ademas tienes plazo para reclamar.

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