Calendario laboral del año pasado

He estado de baja durante mi embarazo, llevo más de 3 meses solicitando a mi empresa el calendario laboral del año 2008 para poder comprobar los días que me quedaban por disfrutar, pero no me lo facilitan, solo me han facilitado el el 2009. ¿Qué puedo hacer? ¿Están obligados a facilitármelo?
Resumiendo, si hay calendario y en su día si estaba en el tablón, pero ahora no me lo facilitan, al ser de año pasado ¿están obligados a dármelo?

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No lo necesitas para nada. SI no te quieren dar las vacaciones que perdiste por estar de baja o embarazada simplemente los demandas, porque esas vacaciones se pasan al año siguiente en todos los casos. Es decir, que tú no tienes que demostrar que tienes derecho a las vacaciones, sino que son ellos los que tienen que demostrar que no lo tienes. La demanda por vacaciones la tienes que presentar con dos meses de antelación a la fecha que quieras y es un juicio rápido y gratuito y sin costas aunque pierdas.
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Si, tras ir a mi médico de cabecera y solicitar un informe donde dice que estuve de baja por problemas con el embarazo, han accedido a darme los días de vacaciones, solo que ellos dicen que me quedaban 7 días y a mí me salen 9 días, por eso les pido el calendario laboral, ya que en mi empresa todos las vacaciones están marcadas en el calendario laboral ( los trabajadores no eligen los días sino que ´nos los marca la empresa), pero según sus cálculos tenemos 20 días hábiles en vez de 22, pero ellos dicen que es así y no me facilitan el calendario donde están marcados los 22. Por eso quiero saber si tengo derecho a solicitarlo aunque sea del año pasado
Si se ponen tontos aquí hay mucha tela que cortar. De nuevo te repito que no eres tú quien tiene que demostrar que has hecho POR días de vacaciones, sino que son ellos los que tienen que demostrar que ya yas disfrutado de Y días de vacaciones, lo que no es lo mismo. Por otro lado es totalmente ilegal que las vacaciones las impongan y además según Estatuto de los Trabajadores son al menos 30 días naturales al año. Su conversión a hábiles sólo se puede hacer si lo permite el convenio aplicable, no si a la empresa le apetece, y te puedo asegurar que cuando los convenios la hacen son 22. Por tanto tú reclama el nº de días que te falten hasta los 30 naturales (o 22 hábiles si lo permite el convenio) y en el juicio la empresa será quien tenga que demostrar que no tienes derecho a ellos.
Según Estatuto de los Trabajhadores las vacaciones son al menos 30 días naturales al año, se disfrutan en períodos de común acuerdo y el trabajador tiene el derecho a conocerlas con al menos 2 meses de antelación.
Según reciente jurisprudencia del Supremo ya ningún día de vacaciones se pierde cuando coincida con una baja, sea cual se el motivo de la baja e incluso aunque ésta dure hasta el año siguiente.
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