Indemnización indefinido tras recibir otra indemn

Yo empecé en la empresa y me hicieron los siguientes contratos en esta secuencia:
1º Contrato temporal de 3 meses
2º Prorroga de 3 meses.
3º Me dan un finiquito, y me hacen otro contrato temporal por 6 meses.
4º Me otra prorroga de 6 meses.
5º Y por último me pasan el último contrato a indefinido, en el cual llevo ya unos 7 meses.
Se avecina un despido objetivo por causas económicas, de las que no hay duda porque no entra trabajo y fácil de demostrar. Por tanto, me gustaría saber cuanto me tienen que pagar de finiquito.
Son 20 días por año trabajado, pero teniendo en cuenta que yo cobre un finiquito de un contrato temporal, tendría que contar a partir de ese finiquito o desde mi primer contrato (en mis nominas tengo como fecha de antigüedad desde el primer contrato).
Para mi lo lógico sería cobrar 20 días por año trabajado desde el primer contrato y a esto descontarle la proporción de 8 días por año trabajado durante el primer contrato y su prorroga correspondiente al finiquito que me dieron por contrato temporal.
O me dan el finiquito desde el último finiquito recibido y ya esta, cosa que no veo justa porque pierdo digamos la proporción de 12 días por año trabajado (20-8).
O no se cuenta el finiquito que me dieron y me lo tienen que dar desde el primer contrato.
En fin, no sé si ha quedado clara mi duda.

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El finiquito que cobraste por los contratos temporales fue de 8 días por año trabajado.
Ahora bien, la ley indica que los contratos temporales deberán demostrar la temporalidad del puesto de trabajo y no podrán ser superiores a 1 año en un máximo de 2 prórrogas.
Así pues, se te puede considerar el contrato indefinido desde el primer contrato.
Consulta con un abogado laboralista o bien con el sindicato correspondiente
Los contratos temporales yo sé perfectamente que estaban en fraude de ley, pero como he leído por este foro y otros artículos, hay que firmar todos los contratos temporales que nos pongan encima de la mesa aunque estén en fraude de ley, porque a la larga eso nos beneficiará, porque se considerarán indefinidos.
Por tanto, según tu respuesta, me quedan dos casos, teniendo en cuenta que sería indefinido desde primera hora (ya que yo soy el único de mi empresa en hacer lo que hago, y por eso me va a despedir el último, ya que además puedo hacer lo de los demás).
Considerando contrato indefinido por fraude de ley de los temporales a que tendría derecho,
a) A cobrar los 20 días por año descontando lo que ya me dieron en el otro finiquito por concepto de los 8 días por año. Que es lo que veo más lógico, o por lo menos justo.
b) A cobrar los 20 días por año sin descontar nada.
Un saludo.
¿Estás diciendo que sólo quedarás tú?
No lo tengo muy claro, pero creo esto es un ERE encubierto.
Si sois más de 10 trabajadores, la empresa tiene la obligación de comunicar y solicitar la aprobación del Deparatamento de Trabajo de tu CCAA y no las aprueban así como así.
Si es lo que estoy pensando, un ERE encubierto, podrías solicitar el despido improcedente a 45 días por año
Insisto, consulta a un abogado laboralista. Si no puedes pagarlo, los de oficio son muy profesionales.
http://www.reformaweb.es/
Somos cinco trabajadores, bueno realmente digamos que ya somos 4, porque a uno lo han echado ya (o más bien están en proceso). Según se ve, van a echar a otro más antes que a mi, con lo cual quedarían 2 el jefe y el contable y a partir de aquí no sé si cerrará o subcontratará.
Conforme me comentas, como somos menos de 10 trabajadores y supongo que nos puede despedir a todos sin que sea ERE (me suena algo de 10 trabajadores en empresa de menos de 100 trabajadores o algo así), pues se supone que no es un ERE encubierto, aunque las causas del despido de mi compañero son objetivas y el motivo económicas, y fácilmente demostrables.
Por tanto, según tu opinión que crees que sería la opción a) o la b).
Un saludo y muchas gracias por todo.
Te recomiendo este post http://www.lexjuridica.com/doc.php?cat=22&id=30
De todos modos, la cuestión principal, la liquidación, creo que te ha quedado clara, pero sigo insistiendo, cada caso es un mundo y con documentación en mano, deberías ir a un abogado laboralista.

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