Cambio de horario en el trabajo

Hola.
Llevo trabajando en la misma empresa 6 años, somos 6 personas desempeñando las mismas funciones y las más antiguas acordamos verbalmente con el jefe un horario distinto al que tenemos en el contrato, yo trabajo 5 mañanas y 3 tardes de lunes a viernes y según el contrato seria de 10:00 a 14:00 y de 16:30 a 20:30 de lunes a viernes.
Mi pregunta es que debido aun problema que tengo he estado de baja y puede que más adelante vuelva a estar, mi jefe quiere lo primero reducirme a 7 horas y luego quiere que valla 5 tardes y 2 mañanas.
¿Me puede camiar la jornada y el horario aunque yo no este de acuerdo?
Gracias .

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La reducción de jornada de forma unilateral, sin tu acuerdo, está prohibida por el artículo 12.4.e del Estatuto de los Trabajadores. En cuanto a modificación del horario, las empresas tienen derecho a modificarlo si lo justifican con razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Eso quiere decir que te opones al cambio en el juzgado tendrán que demostrar que el cambio era necesario para la buena marcha de la empresa. Repito: tienen que demostrarlo, no sólo afirmarlo. La decisión de la modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad. Si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses. Aparte cobrarías el finiquito y tendrías derecho a paro. El trabajador que no habiendo optado por la rescisión de su contrato se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante el juzgado de lo social. La sentencia declarará la modificación justificada o injustificada y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones.
Participa en esta brevísima encuesta anónima sobre la aplicación real de los derechos de los trabajadores.

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