Acumulación paro

Hola experto.mi duda es la siguiente.En febrero me dieron de baja en mi empresa y cobre paro hasta junio fecha en la cual me volvieron a contratar. Ahora voy a cambiar de trabajo y mi pregunta es,¿seria necesario que me arreglaran los papeles del paro para que se me acumulen estos 4 meses trabajados, o al no querer cobrar el paro ahora porque voy a trabajar en otro sitio no seria necesario y se me acumularían automáticamente para una posterior demanda de la prestación. Muchas gracias.

3 respuestas

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No es necesario. Es exactamente lo segundo que comentas
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Tal y como establece el art. 210.1 de la Ley General de Seguridad Social:
La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
Por otra parte dice el punto 2 del mismo artículo:
A efectos de determinación del período de ocupación cotizada a que se refiere el apartado anterior se tendrán en cuenta todas las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de un derecho anterior, tanto de nivel contributivo como asistencial. No obstante, no se considerará como derecho anterior el que se reconozca en virtud de la suspensión de la relación laboral prevista en el artículo 45.1.n del Estatuto de los Trabajadores.
Así pues y siempre que no transcurran más de 6 años los 4 meses trabajados se acumularían para una posterior demanda de la prestación sin que sea necesario que hagas nada.
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No es necesario que hagas nada, los días cotizados, posterior a tu solicitud y cobro de prestación, se van acumulando y sumando para generar una nueva prestación llegado el caso. Debes tener en cuenta, que si antes de que vuelvas a cotizar un año te quedas desempleado, tienes derecho a reanudar la prestación que dejaste pendiente de finalizar, si generas nuevamente derecho por los trabajos actuales, entonces podrías elegir entre reanudar el anterior o cobrar el nuevo, si reanudas luego no podrías cobrar el nuevo hasta que no volvieras a trabajar y causar baja.
Si deseas alguna aclaración me preguntas, si no, no olvides finalizar la pegunta
¿Y es indistinto la causa del despido? Lo digo porque en mi caso seria voluntario. Gracias
Para tener derecho a prestación por desempleo, o a reanudar una prestación anterior, es necesario estar en situación legal de desempleo, la baja voluntaria en un mpleo, no se considera situación legal, por lo que no tendrías derecho a solicitar una nueva prestación gnerada o a reanudar una anterior hasta transcurridos 3 meses del dicha baja y haber vuelto a cotizar, pasando posteriormente a desempleo legal, por finalización de contrato o despido, independientemente de lo que halla motivado tal despido.
Perdona, igual no me he explicado bien.no me refiero para poder cobrar el paro o no.me refiero a que si esos 4 meses de trabajo se me acumularían para una posterior prestación(después de mi nuevo trabajo), sin necesidad de que mi actual empresa me arregle los papeles, aun siendo una baja voluntaria. Gracias
Pero ha eso te contesté la primera vez, que no te tienen que hacer nada, que aunque sea baja voluntaria las cotizaciones están reflejadas en ss. Ss e INEM que es lo mismo, y si te sumaran.

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