Derecho laboral. Incapacidad permanente.

Hola buenos días, mi pregunta es la siguiente ¿mi esposa tiene la incapacidad permanente, hemos recibido una carta de la seg social que le dice que desde el día por de junio han sido dada de baja en la seguridad social, osea que su empresa no le seguirá pagando la seg social, entiendo que esto pasa a ser responsabilidad del inss, si no es así corregirme por favor, lo que nos preocupa es que pasará con su puesto de trabajo, si en unos meses ella puede volver, o acaso esto es un despido sin indemnización, es que no sabemos que va a pasar con su puesto de trabajo.?

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La empresa le ha dado de baja por que ha pasado a ser pensionista de incapacidad permanente y ahora el INNS le abonara la pemsion.
El puesto se suspende durante dos años si la resolución de incapacidad tiene fecha de revisión por mejoría(esto lo podrá ver en la primera página de la resolución). En este caso la relación se suspende según el articulo 48 del estatuto de los trabajadores. Si cuando le hagan la revisión a los dos años le dan el alta por mejoría, la empresa le tiene que reincorporar. En caso de no ser así, podrá demandar por despido.
No hay indemnización por que no se trata de un despido.

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