Cobrando Desempleo pedir Baja Por Incapacidad Temporal

Tengo una pregunta importante ya que me asaltan todo tipo de dudas y los textos que leo en internet son muy técnicos para mi. Es la Siguiente :
.-Estoy cobrando prestación por desempleo que finaliza a mediados de noviembre de 2009.
.-Padezco de ansiedad crónica depresiva. El medico de familia me dio una baja en 2005 de unos 4 meses y otra en 2006 de otros 3-4 meses. Actualmente me receta la medicación incluido antidepresivos. Me encuentro con la ansiedad al máximo y no consigo restablecerme para trabajar cuanto antes, lo cual es mi deseo .
.-Varias consultas en Google sobre mi tema, me han llevado a la Web www.todoexpertos.com. Me han sorprendido la claridad de las respuestas pese a lo técnicas a veces de las mismas. Por ello me decidí rápidamente a escribir ya que las dudas técnicas me desbordan...
.-Al encontrarme muy mal anímicamente, y con la ansiedad al límite, y no estar dando resultados el tratamiento, y al mismo tiempo estando cerca la finalización del paro ( aprox 2 meses y medio) me he visto en la necesidad de pensar seriamente en solicitar una baja por incapacidad temporal por enfermedad común ( ansiedad crónico -depresiva es la causa oficial de las dos bajas mencionadas en el pasado) mientras logro remontar y seguir con el tratamiento psicológico y la medicación .Calculo que en unos 7 - 8 meses podría estar en condiciones de volver a trabajar.
.-Pero me he encontrado con 2 sorpresas y deseo, por favor me las confirmen :
Como la ultima baja, estando con contrato de trabajo fue hace más de 6 meses, si solicito la baja ahora (este mes o el que viene), cuando se me acabe el paro (en noviembre 2009), no cobraré después el importe mismo del paro (sorpresa), sino una cuantía que creo que es el 80% del IPREM ( o cifra similar), es decir unos 420 euros. O creo que ni eso, sino:
Cero : del día 1 al 3 después de la baja
60% del IPREM del día 4 al 20
70% del dia 21 al 30.
¿Es así? ... O que cifra cobraré ya que no entro en el supuesto de ser una recaída de la misma enfermedad ya que no ocurrirá en un periodo menor de 6 meses respecto de las otras bajas.
Muchas gracias.
Posdata : He leído que los médicos del INSS manejan unas tablas que calculan el tiempo aproximado de la baja según la dolencia. ¿Para la ansiedad crónica con depresión ( o depresión crónica) que periodo consideran como adecuado para darme el alta ellos?... Y ...¿Hay alguna forma de, -estando cobrando el paro-, y solicitando la baja por incapacidad temporal por enfermedad común( creo que aquí encasillan la depresión), de poder seguir cobrando la misma cantidad que en el paro, una vez acabada la prestación?, ¿Viendo mi historial?.
¿La ansiedad crónico depresiva causa baja por enfermedad común?
Por último ( y perdón si son muchas las preguntas) tengo una hipoteca de 700 euros que me asfixia y he decidido alquilar el piso. Es en un pueblo y no me darán ni 500 euros, pero algo es algo. ¿El hecho de alquilar mi única vivienda es incompatible con recibir una paga por incapacidad temporal?
Gracias de nuevo.
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Cobrando el paro, significa que no trabajas ¿vale?, y eso es consecuencia, de que ya no perteneces a ninguna empresa ¿Es así?
Bueno, pues entonces, a quien le vas a pedir la baja, si no estas trabajando.
Lo que si puedes hacer, es tramitar la incapacidad a través de la Seguridad Social, en estos momentos.
Con respecto a la prestación, en el momento en que estas de baja, no cobras prestación, pero si ademas, estuvieras de baja, con derecho a paro, los días de baja se te descontarían de tu prestación por desempleo.
Y SI, puedes tranquilamente alquilar tu vivienda, aun estando en el paro, o cobrando incapacidad.
Si no tienes más preguntas o aclaraciones, finaliza y puntúa, y sino estoy a tu disposición.
Gracias.Una aclarción : Al estar cobrando el paro y solicitar la baja por incapacidad temporal, sigo cobrando el paro hasta que se agote.Si una vez agotado, sigo de baja, ¿puedo cobrar alguna cantidad del INSS que es el que se haría cargo de mi caso? Gracias
Cobras el paro hasta su finalización, aunque estés tramitando la incapacidad temporal.
Una vez finalizado, el paro, puedes solicitar el subsidio correspondiente, si reúnes los requisitos, y para ello puedes mirar la web www.inem.es .
Del INSS cobraras incapacidad una vez te la den.
Y vuelvo a repetir, si te despiden y estas de baja, la seguridad social se hace cargo de ti hasta tu alta.
Pero si no trabajas, no te pueden dar la baja. Pero si tramitar la incapacidad temporal.
Mira también la web www.seguridadsocial.es
Si no tienes más dudas, finaliza y puntúa.

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