Pregunta sobre un ERE

Bueno veras no se si sabré explicarme bien para que me entiendas espero que si. Veras la empresa en la cual trabajo y que se dedica a la fabricación y montajes de estanes de feria, por desgracia como todas las del sector están tocadas por esta famosa crisis, a raíz de esto se vio obligada a hacer un ERE total a siete trabaja dores de la plantilla de veinticinco este ERE pedido por diez meses se presento y se aprobó por lo que sigue en marcha .
Después de pasar tres meses del primer ERE, y con las perspectivas bastante mal, la empresa ha planteado un nuevo ERE pero este parcial (trabajando media jornada)para el total de la plantilla, se nos reunió se planteo por el abogado de la empresa y ahí mismo se eligió a tres trabaja dores como representan tes del resto de compañeros, todos firmamos el ERE menos un compañero que por otros motivos va a "saco" contra la empresa .
Preguntas :¿Qué cantidad corresponde abonar de sueldo a la empresa?
¿Qué tanto por ciento corresponde al Inem?
¿El resto de menos que paga el Inem hasta llegar al cien por cien corre a cargo de la empresa?
¿Si este ERE se presenta para diez meses suponiendo que se cumpliera cuanto paro perderíamos?
¿A las personas que están entre la edad de cincuenta y ocho a sesenta y do años como les afecta la situación?
¿Suponiendo qué entra faena en esta situación se para el ERE y se cobra la nomina por la empresa?
¿De la paga extra de verano solo hemos cobrado una cantidad se nos dijo que el resto se nos pagaría en cantidades a partir de Septiembre esto es legal?
Segura mente me dejare cosas más importantes por preguntar te agradecería toda la información posible la verdad es que estamos bastante liados y una buena opción seria el sindicato que por otra parte nadie esta afiliado, en fin gracias
Un saludo

1 respuesta

Respuesta
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1) Espero que la representación vuestra a través de esos compañeros, haya sido mayoritaria, porque sino, sin elecciones sindicales, no tenéis porque admitir a ningún representante, que de hecho, y a efectos de ley, no es legal.
2) En un ERE a jornada parcial (vuestro caso media jornada) cobras la mitad de la empresa, y te cotizan por esa mitad, y cobras la otra mitad del paro, pero ahí no cotizas, ya que cobras la prestación.
Es decir que cobras la prestación por desempleo a tiempo parcial en proporción al tiempo no trabajado pero la prestación se consume como si la cobraras a tiempo completo.
Si la paga de verano no se os ha pagado, o dejan sin pagarla, tienes que efectuar demanda por reclamación de cantidad, y para ello tenéis 12 meses.
Habiendo ERES, la labor de los representantes es muy importante, ya que si son verdaderamente sindicalistas, deben aportar ideas que no perjudiquen a la empresa pero mucho menos al trabajador.
Una forma de beneficiaros con un ere parcial, es negociar con la empresa que en lugar de haceros trabajar a media jornada, lo haga a jornada completa pero la mitad del tiempo, y el resto como desempleados. Así la prestación del paro seria la misma, el salario igual, el tiempo trabajado el mismo, pero te contaría el paro como tiempo consumido la mitad.
Podeis ademas mirar en la web el tiempo de cotizacion, etc, www.inem.es/ciudadano/prestaciones/pdf/Guiaprestacioncontributivapdf
Hola, quiero decirte que la elección de estos tres compañeros se hizo en la misma reunión en la que se planteo este segundo Ere, fue el mismo abogado de la empresa el que dijo que la ley obligaba a que hubiera tres representan tes de los trabajadores, a lo que a la propuesta de algunos se expusieron tres compañeros se voto y por unanimidad salieron elegidos, todos firmamos y aceptamos a estos tres trabajadores como representan tes, de hecho estuvieron en inspección de trabajo y la misma inspectora dijo sus nombres con la firma de todos .
Entiendo que lo mejor para nosotros es hacer dos turnos de trabajo y hacer la jornada de ocho horas seguidas o sea trabajar dos días y pico y en dos turnos, es lo que creo entender
En Cuanto a lo que afecta a compañeros mayores de 58 años me gustaría saber tu opinión
   Gracias y un saludo
Afecta por igual, siguen siendo de momento trabajadores por cuenta ajena, y si no hay prejubilaciones, la edad no importa.
Si tienes otra pregunta, házmela sin problemas, y sino

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