Permiso de maternidad y lactancia

Mi mujer, maestra funcionaria, va a dar a luz a primeros de septiembre, con lo cual su permiso de maternidad se alargará hasta mediados de diciembre. Seguramente pida las 4 semanas de lactancia a continuación aunque no quiere pasarse del 31 de diciembre porque quiere coger una excedencia de 6 meses, la fracción mínima, hasta el 30 de junio de 2010. Yo también trabajo y creo que no hay problema en que ella me pase a mí parte de su permiso de maternidad y que ella solicite a continación de que se acabe su permiso de maternidad las 4 semanas de lactancia ¿es correcto? Por ejemplo:
Ella: 14 semanas de maternidad + 4 semanas de lactancia
yo: mi permiso de paternidad de 15 días + 2 semanas de su permiso de maternidad
Por cierto, los permisos, ¿se pueden solicitar por días o deben ser por semanas?

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Respuesta
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En efecto, es como tú dices, y podéis disfrutar simultáneamente de las semanas de permiso. Eso sí, tu mujer tendría que solicitar la acumulación del permiso de lactancia expresamente (supongo que no habrá problemas en que se lo concedan).
En cuanto a la forma de solicitar los permisos, en el caso de tu permiso de paternidad, será por días; las semanas de maternidad (tanto las tuyas como las suyas, aunque la concesión de las suyas es automática), por semanas; y la lactancia, por días, ya que se acumulan horas de jornada. En todo caso, y para que quedara más claro el tema, no está de más que especifiquéis la fecha de inicio y la fecha de fin de cada permiso, sobre todo a efectos prácticos.
Si tenéis cualquier otra duda, estoy a vuestra disposición.
Un saludo y ¡Enhorabuena!
Muchas gracias por tu pronta respuesta.
La fecha teórica del parto es el 10 de septiembre aunque el médico cree que se adelantará... Según he leído, la mujer tiene que guardar obligatoriamente las 6 primeras semanas pero supongo que el hombre podrá disfrutar en ese mismo momento de las semanas que le ceda su mujer de su permiso ¿no?
Por cierto ¿También nos podemos repartir el permiso de lactancia retribuido?
Efectivamente, las seis primeras semanas tras el parto son de descanso obligatorio para la madre, pero puedes simultanear tu parte del permiso de maternidad con ellas sin problema.
En cuanto a si os podéis repartir el permiso de lactancia, sí podéis. El Estatuto Básico del Funcionario Público reconoce la posibilidad de ejercerlo indistintamente por ambos progenitores, siempre que tu mujer así lo solicite. Lo de simultanearlo no lo veo tan claro porque la ley no permite expresamente que lo podáis disfrutar a la vez, ni siquiera que puedas simultanear tu parte con lo que quede de su permiso por maternidad, puesto que son derechos independientes. Tendrías que hablarlo con tu empresa, pero es complicado que puedas hacerlo ya que no hay previsión legal al respecto.
Si tenéis cualquier otra duda, estoy a vuestra disposición.

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