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Bueno frangarse én cuanto a la prestación de paro consumida durante tu ERE decirte que ha raiz del plan E del gobierno, puesto en marcha a raiz de la crisis económica que sufre este país, se ha mejorado, a traves del R.D. 2/2009, el tratamiento que tenía con anterioridad la prestación por desempleo. De forma que: según el art.3.2 de dicho real decreto cuando un trabajador este incluido en un Expediente de Regulación de empleo con suspensión de contrato o reducción de jornada y posteriormente se viera afectado por un nuevo ERE de suspensión de contrato o reducción de jornada y no haya generado un nuevo derecho a prestación (este sería tu caso pues desde eñ anterior ERE solo has trabajado 3 meses) tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo consumida en el anterior ERE con un límite máximo de 90 días.
Es decir al comienzo del nuevo ERE tendrás derecho a la prestación por desempleo por el plazo que te restará en el momento de acabar el anterior ERE más 90 días más, con lo que habrías perdido 30 días de la prestación por desempleo a la que tenías derecho cuando comenzaste el anterior ERE.
No se si con esto respondo a tu pregunta te adjunto tambien tabla en la que se establece los tiempos de prestación correspondientes a días cotizados en cualquier empresa, partiendo desde 0 días en el momento en que se cobra alguna cantidad en concepto de prestación:
Período de cotización en los 6 últimos años
Duración de la prestación
Desde 360 hasta 539 días 120 días
Desde 540 hasta 719 días 180 días
Desde 720 hasta 899 días 240 días
Desde 900 hasta 1.079 días 300 días
Desde 1.080 hasta 1.259 días 360 días
Desde 1.260 hasta 1.439 días 420 días
Desde 1.440 hasta 1.619 días 480 días
Desde 1.620 hasta 1.799 días 540 días
Desde 1.800 hasta 1.979 días 600 días
Desde 1.980 hasta 2.159 días 660 días
Un Saludo.
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