Como puedo hacer un despido objetivo económico

Soy empresaria, la empresa no está pasando por buenos momentos y de los dos trabajadores que tengo, he de prescindir del que lleva menos tiempo. Con lo cual me han hablado del despido objetivo económico, que en lugar de pagar al trabajador 45 días por año se le pagan 20.
Me puedes explicar de que va, ¿si hay posibilidad de que acepte o si me puede reclamar los 45 días y conseguirlo?

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Bien (xxxxxx) lo primero para llevar a cabo un despido objetivo por causas económicas es que se de una situación económica negativa con sus correspondientes perdidas (no basta la disminución de los beneficios) y en segundo lugar que el despido de trabajadores contribuya a superar la situación negativa de la empresa.
Por otro lado si se da dicha situación es necesario respetar el procedimiento legalmente establecido, pues en caso contrario el despido será nulo y nos veremos obligados a reponer al trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones anteriormente disfrutadas. El procedimiento en cuestión contempla:
Comunicación escrita al trabajador con expresión de las causas que justifican la decisión empresarial.
Simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, se deberá poner a disposición del trabajador una indemnización de 20 días por año de servicio. Cuando como consecuencia de la situación de crisis empresarial no se pudiera poner a disposición del trabajador la indemnización legalmente prevista, el empresario podrá dejar de hacerlo haciéndolo constar en la comunicación escrita, sin perjuicio del derecho del trabajador a exigir su abono cuando tenga efectividad la decisión extintiva.
Concesión de un plazo de preaviso de 30 días, computado desde la entrega de la comunicación personal del trabajador hasta la extinción del contrato. También se puede sustituir dicho preaviso por el pago de las cantidades correspondientes al salario de dichos 30 días cuando no sea posible el preaviso.
Finalmente por supuesto que puede el trabajador la improcedencia del despido y en este caso deberá acreditar el empresario la existencia de la situación que justifica el despido objetivo por causas económicas, puesto que si no lo pudiera hacer el despido se consideraría improcedente siendo la indemnización correspondiente de 33 días por año (contratos para el fomento de empleo) o 45 días por año (resto de contratos).
Espero que todo lo anterior te haya servido de ayuda.

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