Accidente laboral e incapacidad temporal
Mi situación actual es que estoy en incapaciad temporal, por un accidente laboral sufrido como consecuencia de la falta de medidas de seguridad, ya que el trabajo se realizaba sobre la cubierta de una nave, a 7 metros de altura, y donde no contábamos con medidas de seguridad ni individuales (cuerdas y arneses, lineas de vida) ni colectivas(pasarelas, redes, etc). Todo ello lo hace constar en el expediente sancionador que el ministerio de trabajo a impuesto a la empresa.
El accidente fue hace 7 meses, y desde entonces estoy en incapacidad temporal, pero mañana debo ir a la mutua para que me den el alta con propuesta de incapacidad permanente total, hasta que me vea el tribunal medico. En la mutua me dijeron que al recibir el alta dejaba de estar en IT. Y pasaba a ...(no se el nombre que le dieron).
Mis preguntas son:
1. ¿A qué situación paso tras recibir el alta y hasta que me vea el tribunal medico y me de un tipo de incapacidad permanente?
2. Tras recibir dicho alta ¿tengo derecho a reclamar a la empresa vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extras, finiquito? ¿O debo esperar a tener una incapacidad permanente dictada por el tribunal medico?
3. Si se me da una incapacidad permanente total y según el art. 62 del estatuto de los trabajadores ¿puedo reclamar dicha indemnización a la empresa sin necesidad de abogado o denuncia?
4. ¿Tengo derecho a denunciar a la empresa ante la justicia? ¿Por qué vía (penal, civil)? ¿Ante qué juzgado (social, 1ª instancia) y en que plazo?
¿Esperando tu respuesta te envío un saludo y te doy las gracias por tu labor?
El accidente fue hace 7 meses, y desde entonces estoy en incapacidad temporal, pero mañana debo ir a la mutua para que me den el alta con propuesta de incapacidad permanente total, hasta que me vea el tribunal medico. En la mutua me dijeron que al recibir el alta dejaba de estar en IT. Y pasaba a ...(no se el nombre que le dieron).
Mis preguntas son:
1. ¿A qué situación paso tras recibir el alta y hasta que me vea el tribunal medico y me de un tipo de incapacidad permanente?
2. Tras recibir dicho alta ¿tengo derecho a reclamar a la empresa vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extras, finiquito? ¿O debo esperar a tener una incapacidad permanente dictada por el tribunal medico?
3. Si se me da una incapacidad permanente total y según el art. 62 del estatuto de los trabajadores ¿puedo reclamar dicha indemnización a la empresa sin necesidad de abogado o denuncia?
4. ¿Tengo derecho a denunciar a la empresa ante la justicia? ¿Por qué vía (penal, civil)? ¿Ante qué juzgado (social, 1ª instancia) y en que plazo?
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