Quiebra de una Sociedad Limitada en España

Si una empresa se declara en quiebra y tiene deudas contraídas con: Seguridad Social, Proveedores y Trabajadores, en qué orden se pagará a estos si se intervienen los bienes que pueda tener la empresa. Y por último, si la empresa es de menos de 25 trabajadores he escuchado que el Fondo de Garantía cubre el 40% de la indemnización de 20 días por año trabajado, y... ¿quién paga el otro 60%?
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A la hora de determinar que créditos son preferentes, hay que partir del hecho de que determinados créditos son preferentes en relación a bienes concretos (así si hay alguna hipoteca sobre bienes concretos de la empresa, estos serían preferentes hasta el valor del bien)
Sobre los bienes que no haya prelación especial, la regla general del concurso es la igualdad entre acreedores, si bien ha excepciones con los créditos privilegiados, entre ellos los tributarios y los de la seguridad social
En lo que a ti te interesa, los salarios de los 30 últimos días de trabajo que no excedan del doble del salario mínimo y los devengados con posterioridad a la declaración del concurso, así como indemnizaciones por extinción del contrato tienen la consideración de créditos contra la masa y se satisfacen con preferencia a los créditos concursales
En cuanto al FOGASA cubre el 100% de esa indemnización, con el límite de una anualidad
Un saludo

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