Vacaciones no disfrutadas-despido-paro

Si hoy me dan el despido y me pagan 14 días de vacaciones no disfrutadas. Y luego demando: ¿Qué fecha se supone han de poner en la carta de despido la de hoy o la fecha una vez pasado los 14 días de vacaciones?
Y por otra parte el paro cuando lo tengo que pedir 14 días después o mañana, ya que me despiden hoy esta tarde.
Es que no sé que van a poner en la carta de despido.

2 respuestas

Respuesta
1
La baja te la darán hoy. Los días de vacaciones te los pagarán en el finiquito con la parte proporcional de las pagas extras que tienen que ir en la nómina. A parte la indemnización por despido que tiene que ir a parte libre de retenciones y de impuestos.
En el paro te dirán que hasta que no pasen los 14 días de vacaciones no puedes cobrar la prestación. Para demandar tienes 20 días desde el día de la baja, es decir hoy.
¿Y el día de la carta de despido sería hoy o con fecha de acabar las vacaciones pagadas no disfrutadas?
No, la baja te la dan hoy aunque tengas esos días acumulados de vacaciones pagadas y no disfrutadas. Día del despido hoy.
Respuesta
1
Las vacaciones no disfrutadas y devengadas en el año es un derecho irrenunciable, por lo tanto la empresa debe abonártelas, en la carta pondrán que tu fecha de despido hoy y te abonaran los 14 días de vacaciones.. o pueden hacer efectivo el despido para dentro de 14 días y dártelos de vacaciones, en tal caso no te lo abonarían. En función de la fórmula empleada por la empleada por la empresa te puedes encontrar con dos situaciones distintas :
1.- Te despiden con fecha de hoy y te abonan las vacaciones no disfrutadas, en este caso tu despido tiene efecto a partir de hoy y ya podrías solicitar tu prestación por desempleo, y entre antes pidas cita mejor será (media habitualmente hasta el reconocimiento 12-15 días dependiendo de la oficina del INEM) y si se resuelve antes del 10 puedes entrar a cobro a principio del mes que viene.
2.- Si deciden no abonarte las vacaciones y darte el disfrute de las mismas el despido será efectivo a 14 días vistas (creo que se te pone a 02/07/2009) y entonces podrás solicitar la prestación, igualmente has de tener en cuenta que son 15 días para la solicitud lo que se ha establecido.
El plazo que tienes para interponer la demanda son 20 días hábiles, no cuentes sábados-domingos y festivos. Y a pesar de que en principio agosto no se considera hábil a efectos procesales en materia de despido si que es hábil. Así que tenlo en cuenta.
Te adjunto una dirección en la que vienen formularios de procedimiento para que te sirvan de guía.
http://foro.uned-derecho.com/index.php?action=formularios

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas