¿Día libre por matrimonio de hermano?

Se casa mi hermano un sábado y mi jornada laboral es de lunes a viernes, pero tenía entendido que me corresponde un día.
La empresa dice que al ser en sábado no me corresponde. Mi convenio es el de Empresas de Publicidad (Madrid). Creo que el texto no es muy claro.
¿Tienen ellos razón?
Le copio aquí el link del convenio y el párrafo.
Este es el último Convenio de Publicidad que hay publicado, es antiguo (2001-2002), y solamente hay una revisión salarial posterior (2003).
http://fes.ugt.org/mediosdecomunicacion/convenios/publicidad/ccpublicidad2001.pdf
El párrafo está en la página 20 (Capítulo VIII: permisos, licencias y excedencias).
Si no tuviera yo derecho, ¿tengo al menos derecho al día anterior a la boda por "Asuntos propios"? Nunca he cogido este tipo de permiso.
Si la respuesta es positiva, ¿con cuánto tiempo hay que avisar de que me quiero coger el día anterior por este motivo?

1 respuesta

Respuesta
1
Pues el convenio si es muy pero muy claro.
Y la razón llevas tu si tienes derecho de librar ese día da igual que ese día es un sábado
y adems tienes derecho a que te pagan este día y no pueden quitar ese día de tus días de vacaciones
no existe un tiempo exacto para avisar solo tienes que avisar mejor que avises mediante un escrito y que te firman que han recibido dicho escrito
Gracias por tu respuesta. ¿Podrías aclararme si, aun teniendo jornada en mi contrato y convenio solo de Lunes a Viernes y ser la boda de mi hermano en sábado sigo teniendo derecho a cogerme el día anterior por este motivo?
¿Y sabes si en mi convenio hay días por asuntos propios o no existen como tal?
Muchas gracias de nuevo por tu ayuda
No solo tienes derecho a este día en el día que es no un día anterior y por tanto no puedes cogerle un día antes y he mirado el convenio y no no hablan de días libres por asuntos propios.
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