Permiso por matrimonio de hermano

Buenos días experto,
se casa mi hermano un sábado y mi jornada laboral es de lunes a viernes, pero tenía entendido que me corresponde un día.
La empresa dice que al ser en sábado no me corresponde. Mi convenio es el de Empresas de Publicidad (Madrid). Creo que el texto no es muy claro.
¿Tienen ellos razón?
Le copio aquí el link del convenio y el párrafo.
Este es el último Convenio de Publicidad que hay publicado, es antiguo (2001-2002), y solamente hay una revisión salarial posterior (2003).
http://fes.ugt.org/mediosdecomunicacion/convenios/publicidad/ccpublicidad2001.pdf
El párrafo está en la página 20 (Capítulo VIII: permisos, licencias y excedencias).
Si no tuviera yo derecho, ¿tengo al menos derecho al día anterior a la boda por "Asuntos propios"? Nunca he cogido este tipo de permiso.
Si la respuesta es positiva, ¿con cuánto tiempo hay que avisar de que me quiero coger el día anterior por este motivo?
Muchas gracias por su ayuda.

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Respuesta
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Como tu convenio se ha revisado en el 2003, solo puedes acogerte en estos momentos al estatuto de los trabajadores.
Por otra parte, si no trabajas el sábado y la boda es en ese mismo día, no tienes que pedir permiso.

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