No incorporación tras excedencia...

Estoy en una empresa de Telemarketing. Solicité una excedencia voluntaria de 4 meses. Solicito la reincorporación y la empresa me dice : Que no hay actualmente ninguna vacante con mi categoría profesional, por lo que mi situación de excedencia voluntaria se prorroga hasta el momento que exista alguna. Que cuando se produzca alguna se pondrán en contacto conmigo respetando mi derecho preferente a la reincorporación. Que por una excedencia voluntaria no existe derecho de puesto de trabajo, sino sólo un derecho preferente de reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la mía que hubiera o se produjera en la empresa. Dice que se trata de un derecho expectante condicionado a la existencia de vacantes en el momento de la solicitud de reincorporación.
¿Es correcto?
Han hecho una promoción interna para el puesto que yo tenía, quince días después de empezar yo mi excedencia. La persona seleccionada todavía no ha consolidado el puesto, lo hace el próximo mes de mayo, ahora está en lo que se llama movilidad funcional. Mi contrato es de obra. Mis dudas:
- ¿Qué puedo hacer en esta situación?
- ¿Tiene preferencia la persona en movilidad funcional, ante el derecho preferente que yo tengo a ocupar el puesto?
- Si empiezo a trabajar en otro lugar y la empresa me llama, ¿qué tiempo tengo para responder? ¿Qué pasa si decido quedarme en el nuevo trabajo? ¿Y si estoy de baja médica o por maternidad?
- Ahora no tengo derecho a solicitar prestación. En todo caso me han comentado que sería después de la finalización de un contrato. ¿De qué duración tendría que ser este contrato?
- ¿Cuánto tiempo me pueden tener así? ¿Hay algún límite?
- ¿Qué ocurre si termina la obra?

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Respecto a lo que te ha comunicado la Empresa es correcto totalmente.
Respecto a las demás preguntas intentaré contestarte:
1.- Si la persona estaba contratada estando tu de excedencia no podrías hacer nada. Solo en el caso de que contraten a otra persona a partir de la finalización de tu excedencia sería denunciable sino te lo ofrecen a ti primero (el puesto). Tendrás que estar atenta a ver si esto sucede o no
2.- Si te llaman de nuevo estando trabajando en otro sitio, será tu elección volver o no. Si decides volver tendrás que hacerlo en la fecha de incorporación que diga la Empresa. Si dices que no, se rompe todo vinculo con la antigua Empresa y perderías ese derecho preferente que tienes ahora. El supuesto de baja medica o maternidad no se podría dar porque no estarías trabajando, a no ser que estuvieras en otra Empresa (podrías decirlo a la antigua Empresa y sera potestativo de ellos que te esperen a tu finalización de la baja o de la maternidada
3.- Tendrías que estar un mminimo de 3 meses (depende de las Comunidades Autónomas) en otro nueovo trabajo y que te despidieran o no te renovaran para poder solicitar el desempleo. Si te vas de baja voluntaria no tendrías derecho a paro
Si la Empresa actual tiene un puesto para ti y no te lo ofrece te tendría que despedir, pagándote la correspondiente indemnización y tendrías derecho a paro.
El contrato de obra no tiene duración determinada, depende de la obra o servicio para el que has sido contratada

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