Plus Nocturno

La Empresa donde trabajo ha planteado un cambio sustancial en las condiciones de trabajo de un grupo de 20 trabajadores. Todos estos trabajadores en la actualidad realizan su jornada nocturna, y algunos llevan más de 15 años en este turno. Al tratarsse de una Empresa de Limpieza Pública y Recogida de Residuos se modernizan implantando camiones de carga lateral de basuras, con lo cual dicho sistema se realiza automáticamente, solo con un conductor, es por ello que sobran los operarios. La Empresa piensa reubicarlos en el turno de día, concretamente en el barrido manual.
Mi preguntas son las siguientes;
¿Ademas de cambiarles su ritmo de vida, después de llevar tantos años de noche, pueden también quitarles el plus nocturno?.
¿Deben respetarles su salario actual, aunque no se denomine como plus nocturno?.

2 respuestas

Respuesta
1
El plus de nocturnidad compensa una situación especial de trabajo, si no se da esta situación no se genera el derecho al cobro de este concepto.
Aun así hay que estudiar el convenio colectivo por si estableciera la consolidación de este concepto salarial.
Al tratarse de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, los trabajadores afectados tienen derecho a extinguir la relación laboral con derecho a indemnización, si la empresa pudiera justificar dicho cambio, en caso contrario debería mantenerles en la situación anterior.
En principio como te comentaba, la empresa no tiene porqué seguir pagando dicho plus de nocturnidad si deja de trabajarse en horario nocturno, pero podría negociarse con la empresa el mantenimiento del salario o intentarlo vía judicial, nunca se sabe pero si se sabe plantear adecuadamente como salario consolidado podría mantenerse dicho salario.
Respuesta
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Siento la demora en contestar pero he estado fuera. La Empresa legalmente puede hacer lo qué está haciendo, se trata de una modificación sustancial de condiciones de trabajo que requiere un preaviso de 30 días y que sea por escrito. Este cambio ha de estar justrificado y por lo que me cuentas así es.
El plus nocturno está vinculado a trabajar de noche por lo que es iun concepto que la Empresa puede quitar tranquilamente. El salario sin pluses y como mínimo el establecido para la categoría no se puede modificar pero los pluses que vayan vinculados a la actividad nocturna si

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