Puedes hacerlo perfectamente, pero que sepas que luego no vas a cobrar más paro ni más jubilación. Es decir, la cotización se la van a repartir entre las dos empresas y tú seguirás figurando en la SS como a jornada completa 100%.
Recomiendo este
libro para conocer y evitar las artimañas habituales en las empresas y demás asuntos legales en el trabajo.
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